El Salvador
miércoles 13 de noviembre de 2024

Normativa internacional que protege los derechos de la mujer en El Salvador

por Redacción


Existe un cúmulo de leyes internacionales que sirve de garantía para el verdadero respeto a la dignidad de las mujeres

En primer lugar, es necesario conocer del sustento legal internacional con que cuentan las mujeres y sociedad civil para buscar el cumplimiento de los derechos de las mujeres. Por esa razón es preciso aclarar que la Constitución de la República de El Salvador regula estos instrumentos en el Art. 144, el cual expresa que “los tratados internacionales celebrados por El Salvador con otros Estados o con Organismos Internacionales, constituyen leyes de la República al entrar en vigencia, conforme a las disposiciones del mismo tratado y de esta Constitución. La ley no podrá modificar o derogar lo acordado en un tratado vigente para El Salvador. En caso de conflicto entre el tratado y la ley, prevalecerá el tratado”.

Por tanto, en virtud del mandato constitucional los tratados internacionales gozan de preferencia frente a leyes salvadoreñas y en el caso específico los que protegen los derechos de la mujer en El Salvador son:

Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada y adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 217 del 10 de diciembre de 1948. En ella queda reflejado que la libertad, justicia, y paz en el mundo tienen por base, el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, por lo que se proclama la igualdad de derechos entre hombre y mujeres en los artículos 1, 2, 5,7 y 12.

Declaración Sobre la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer. Esta fue Proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 7 de noviembre de 1967 (resolución 2263). Aquí se dan disposiciones tendientes a abolir la discriminación contra la mujer que existe en los Estados, regulando dicho proceso en los Artículos 2, 6 y 8.

Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Belém Do Para”. Fue adoptada el 9 de junio de 1994 en Belem do Para, Brasil, y ratificado por El Salvador, mediante Decreto Legislativo N° 430 de Fecha 23 de agosto de 1995, publicada en el Diario Oficial N° 154, Tomo N° 328, de fecha 23 de agosto de 1995. En este convenio se busca una vida libre de violencia, por medio del desarrollo de mecanismos de protección y defensa sus derechos, protegiendo así su integridad física, sexual y psicológica en todas las dimensiones tanto públicas como privadas.

Protocolo Facultativo de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer. La Asamblea General lo aprobó en 1999, en él se completó el marco internacional de protección de los Derechos Humanos de las mujeres; permitiéndole a los ciudadanos de los Estado que lo ratificaron presentar comunicaciones al Comité sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, denunciando al Estado por el incumplimiento de su obligación en el marco de la Convención.

En conclusión, existe un cúmulo de leyes internacionales que sirve de garantía para el verdadero respeto a la dignidad de las mujeres, además de su protección ante la violencia física o psicológica. Esto para garantizar su desarrollo personal de una manera integral para una vida digna y libre de todo tipo de violencia.