El Salvador
lunes 18 de noviembre de 2024

Samuel Eto’o pidió a joven abortar y luego no se hizo responsable como padre

por Redacción


Ahora la hija del jugador tiene 22 años y el camerunés deberá pagarle una pensión mensual de 1.400 euros, con carácter retroactivo desde que se presentó la demanda.

El juzgado de primera instancia número 83 de Madrid ha declarado al exfutbolista camerunés Samuel Eto’o padre oficial de una joven que ahora tiene 22 años, Erika Do Rosario Nieves, tras declararse el camerunés en rebeldía y no atender a las pruebas presentadas en su contra.

Así la indicado a Efe el abogado sevillano Fernando Osuna, que se ha encargado de la representación legal y presentó en 2018 la demanda de la joven, fruto de una relación de su madre hace 23 años.

La madre de la joven, una mujer de raza negra llamada Adileusa, y el futbolista, se conocieron, según se recoge en la demanda, en una discoteca de Madrid en 1997, cuando el jugador militaba en el CD Leganés, tras presentarles un amigo común que trabajaba en una discoteca.

Fruto de la relación, señala la misma demanda, en febrero de 1998 la mujer descubrió que estaba embarazada, lo que le comunicó, y entonces «le dijo que actuaría de forma responsable respecto al hijo común, aunque prefería que no tuviera al niño».

Añade además que «durante el embarazo intentó comunicar con el futuro padre, pero este no contestó a sus llamadas telefónicas ni a sus correos», para indicar que le avisó mediante un mensaje telefónica de que iba a dar a luz, sin obtener respuesta por su parte.

La niña nació en 1999 en el hospital de la Fundación Alarcón de Madrid, cuando el futbolista militaba en el RCD Espanyol, sin que el jugador la reconociese en ningún momento.

Para sacar adelante el proceso, al joven aportó pruebas biológicas que avalaban su testimonio, lo que ha hizo que el juez admitiese la demanda, aunque Eto’o nunca atendió los requerimientos del juzgado.

La sentencia condena al exfutbolista al pago de una pensión mensual a la joven de 1.400 euros, con carácter retroactivo desde que se presentó la demanda.