La sentencia que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia emitió el pasado lunes 24 calificando a las pandillas Barrio 18 y Mara Salvatrucha como grupos terroristas pareciera haberse convertido en la promesa del fin a una fiesta de la impunidad de la que gozan cientos de pandilleros que, luego de ser procesados, terminan en libertad y con posibilidades de continuar delinquiendo.
Así lo confirman abogados, jueces y analistas de derecho, quienes explican que la Ley de Procedimientos Constitucionales obliga a todos los jueces de El Salvado a procesar como terroristas a todos los pandilleros que hayan cometido cualquiera de los delitos contemplados en la Ley Especial Contra Actos de Terrorismo (LECAT). Pero ¿qué implicaciones catalogar como terroristas a las pandillas?
“La diferencia principal es el grado de responsabilidad penal al que se verán enfrentados este tipo de delincuentes”, explica un juez del Centro Integrado de Soyapango quien prefirió no ser identificado. “No es la misma pena que enfrentaría alguien que sea acusado por, incluso, un triple homicidio, a ser acusado por actos de terrorismo”, añade.
La diferencia principal, según los expertos, radica en que, mientras el Código Penal, dependiendo del número de pruebas que le fueran añadidas a cada caso, podía penar entre 20 y 30 años de cárcel a un pandillero por un homicidio múltiple, la LECAT podría condenar a los pandilleros que sean hallados culpables con penas de 15 a 60 años de cárcel; lo que serviría como “castigo ejemplarizante”, algo que al mismo tiempo serviría para disminuir el número de delitos, según señaló el juez.
Aunque la LECAT actualmente contempla como pena máxima los 80 años de cárcel, la sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional manda a la Asamblea Legislativa a que regular las penas que le serán aplicadas a las pandillas al mismo nivel que el Código Penal, puesto que castigos de 80 años “se convertirían en penas perpetuas” que discrepan con la Constitución de la República que establece como finalidad del sistema carcelario salvadoreño la reinserción de los privados, no el encierro perpetuo, según lo argumentaron los ciudadanos que hicieron las observaciones a la LECAT por las que la CSJ emitió dicha sentencia.
Actualmente, la LECAT contempla algunos delitos que comúnmente comenten las pandillas por los cuales se les podría procesar como terroristas, según explican los expertos. Entre estos se encuentra el delito de Apología, la ocupación armada de territorios, e incluso, el artículo 13 de esta ley contempla que los que formaren parte de estas estructuras, por hecho de pertenecer a ellas, podrían pagar con 15 años de cárcel.
De acuerdo con el diputado miembro de la Comisión de Seguridad Pública de la Asamblea Legislativa y miembro del partido Arena, Rodrigo Ávila, esta sentencia de la Sala “se ha convertido en una bendición para el pueblo salvadoreño”, ya que, según él, esto vendría a servir para castigar con mayor dureza a los pandilleros por partiendo desde el hecho de que alguien pertenezca a estas estructuras delictivas.
Sin embargo, Ávila también explicó que “no solo por pertenecer a una pandillas se le podrá penar a un pandillero como terrorista”, punto en el que coincide con el juez del Centro Integrado de Soyapango. Por su parte, el diputado de Arena aclaró que “queda siempre a criterio del juez, que evaluará los delitos cometidos por un pandillero, para poder condenarlo por actos de terrorismo como lo establece la Ley”, dijo.
Asimismo, el jue anteriormente citado ejemplificó que “un pandillero que le robe un celular a punta de pistola a alguien que vaya en el bus y luego sea capturado y procesado por dicho delito no podrá ser condenado por actos de terrorismo, sino por robo”.
Es decir, de acuerdo tanto con Ávila como con el juez, los pandilleros, aun perteneciendo a estructuras clasificadas como terroristas, deberán ser acusados de cometer los delitos que están contemplados dentro de la LECAT para poder ser procesados como tales.
Ante esto, el diputado Ávila señaló que, en el término de seis meses que la Sala le ha dado a la Asamblea para que haga los ajustes señalados a la LECAT, se podrían incluir más delitos de los ya contemplados en esta para poder procesar a los pandilleros como terroristas.
Sin embargo, de acuerdo con el legislador, no solo será necesario hacer ajustes en la LECAT sino también en el Código Penal e incluso en la Ley de Proscripción de pandillas, la cual, según Ávila, “queda tácitamente anulada” después de la última sentencia de la Sala de lo Constitucional.