martes 22 de octubre del 2024

Ley seca del 3 al 5 de febrero por las elecciones

por Redacción


Conozca las multas de las que se hará acreedor si infringe esta ley.

A partir de las cero horas de este sábado 3 de febrero estará prohibida la venta, distribución y consumo de bebidas embriagantes de cualquier naturaleza en todo El Salvador, esto como parte del cumplimiento del artículo 284 del Código Electoral.

La ley seca entrará en vigencia como medida para el normal desarrollo de las elecciones presidenciales y legislativas de este domingo 4 de febrero.

Esta regulación está establecida en el artículo 284 de dicho Código, la cual dicta: “El día anterior a la elección, el día de la votación y el siguiente, se prohíbe la venta, distribución y consumo de bebidas embriagantes de cualquier naturaleza. Los infractores será sancionados de conformidad al artículo 253 de este Código”.

Por su parte, el artículo 253 estipula que las personas que violen dicha prohibición podrían enfrentarse a multas que equivalen a un salario mínimo del sector comercio, es decir, $300.

Los salvadoreños elegirán el próximo domingo al presidente de la República y a los diputados correspondientes a los 44 municipios reestructurados el pasado mes de junio de 2023, como parte de una iniciativa del entonces presidente Nayib Bukele.

La ley seca estará vigente hasta el próximo lunes 5 de febrero. El objetivo es que los ciudadanos ejerzan el sufragio en condiciones de lucidez y evitar cualquier altercado tanto en los centros de votación como sus alrededores.