La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió que los salvadoreños que viven en el extranjero tienen derecho a presentarse como candidatos a cargos de elección popular —presidente, diputado, alcalde o concejal— por lo que ordenó a la Asamblea Legislativa crear una ley específica para que puedan hacerlo.
Los magistrados coincidieron con los argumentos del presidente Nayib Bukele que alegó que los diputados habían decidido no establecer los mecanismos legales particulares para que los salvadoreños en el exterior puedan ejercer el derecho a ser elegidos en cargos públicos o lo que técnicamente es conocido como voto pasivo.
La Sala señaló que los diputados no pueden “evadir su obligación de potenciar y materializar un derecho con base en el argumento que la normativa existente no impide su ejercicio”.
Los magistrados, al igual que Bukele, advirtieron que el Código Electoral y la Ley de Partidos Políticos no contienen regulaciones para el caso sino únicamente para regular la participación de los salvadoreños que viven fronteras adentro.
“La persistencia en esta omisión conlleva una pérdida significativa de derechos políticos y de oportunidades en materia electoral para quienes están fuera del país”, puede leerse en la página 14 de la sentencia.
Para ejercerlo existen distintas formas de regularlo condicionadas a si se trata de elecciones presidenciales o legislativas, inscripción en un registro especial, la forma de emisión del voto si existe la posibilidad de establecer un tipo específico de vinculación entre el país de origen y sus migrantes.
Los diputados tienen la libertad para crear las leyes específicas, aunque eso no significa que los requisitos establecidos en la Constitución vayan a quedar anulados.
En otro punto los magistrados declararon constitucional la regulación del voto de los salvadoreños nacidos en el extranjero. Bukele había alegado que los diputados no habían legislado eso, sin embargo, sí lo hicieron incluyéndolos en la circunscripción de San Salvador.
La Sala también avaló la exigencia de demostrar arraigo en el municipio en el que los salvadoreños en el exterior pretendan votar para concejos municipales.
“El hecho de demostrar “arraigo” para votar en una elección local ha sido reconocido por esta Sala como una exigencia adecuada, en tanto que los únicos ciudadanos habilitados para elegir al gobierno municipal son aquellos a los que afectarán, de manera directa o indirecta, las decisiones que este tome”, puede leerse en la página 15 de la sentencia.
En la sentencia la Sala aclaró que los efectos de la sentencia entrarán en vigencia una vez Bukele publique el decreto en el Diario Oficial.
El 6 de febrero la Asamblea aprobó las reformas a la Ley para el Ejercicio del Voto Desde el Exterior.
El 18 de febrero en sus cuentas de redes sociales, Bukele calificó de “adefesio jurídico” el decreto que aprobaron los diputados porque, según él, desconocía el derecho de los salvadoreños en el exterior de postularse como candidatos a cargos de elección popular, que los criterios para establecer el arraigo para las municipales son excluyentes y porque seguía sin regular la circunscripción en la que podían votar los salvadoreños nacidos en el extranjero.
“Pretende hacer el voto engorroso y prácticamente imposible, lo cual es un burdo intento de negar (de facto) el derecho fundamental y constitucional de nuestra diáspora al voto”, publicó el mandatario en su cuenta de Twitter en ese entonces.