El Salvador
domingo 24 de noviembre de 2024

Ley para castigar nepotismo debe ser endurecida

por Redacción


Las normas sobre nepotismo por lo menos tienen más de una década de existencia el problema nunca ha sido la ausencia de ley sino el incumplimiento de la poca ley que tenemos.

El nepotismo no solo puede ocurrir cuando un funcionario ordena contratar a uno o varios de sus familiares dentro de la institución que administra sino también cuando incide o pide que sea contratado en otra institución del Estado; sin embargo, la Ley de Ética Gubernamental (LEG) no considera nepotismo ese tipo de casos, según René Portillo Cuadra, diputado de Alianza Republicana Nacionalista (ARENA).

Por eso, de acuerdo con el diputado, la Ley debe ser reformada para volverla más dura. Hace algunos años él mismo promovió una reforma para castigar con entre uno a tres años de cárcel el nepotismo.

A su juicio, como nepotismo también debe entenderse la influencia que el funcionario ejerza para que sus familiares sean contratados en cualquier institución del Estado.

— ¿La ley que castiga el nepotismo tiene suficientes dientes o hay que reformarla?

Es necesaria una reforma sobre el tema. Sin embargo, debo aclarar que a pesar que las normas sobre nepotismo por lo menos tienen más de una década de existencia el problema nunca ha sido la ausencia de ley sino el incumplimiento de la poca ley que tenemos.

Por otro lado, la opinión pública va más allá de lo que la ley regula: condena el nepotismo pero lo regulado en la ley no coincide con lo que la opinión pública pide. Por ejemplo: si una persona siendo ministro tiene un hermano que labora en una institución autónoma, de acuerdo con nuestra ley, no es nepotismo, porque para que haya nepotismo debe ser una persona jerárquicamente superior y que trabaje en la misma institución, es decir, que tenga el poder directo de nombrarlo.

Hay que tener claro que los actos de nepotismo son aquellos en los que el funcionario se vale del poder público para nombrarlo o para incidir en la contratación de su familiar. Por eso es importante que los actos de nepotismo sean juzgados para que el funcionario sea vencido en juicio y se demuestre si tuvo incidencia en la contratación.

— ¿En la ley no está regulado con exhaustividad?

La normativa dice que el funcionario no puede nombrar ni incidir en el nombramiento de personas que sean sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o su cónyuge. Eso lo dice textualmente el artículo. Delimita jerarquías, grados de consanguinidad o afinidad y tercero capacidad de incidir o decisión en la contratación.

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En su artículo 3 la Ley de Ética define que el conflicto de interés sucede cuando los intereses del funcionario y sus familiares en cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad chocan contra el interés público. Los artículos 5 y 6 prohíben a los funcionarios intervenir cuando esto ocurra y a los aspirantes a aceptar un cargo como empleado estatal.

Las Disposiciones generales de presupuestos también establecen en su artículo 93 que está “terminantemente prohibido” contratar una persona que sea cónyuge o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de “alguno de los jefes de la misma oficina, dependencia o ramo”.

Es decir: las leyes actuales únicamente establecen relaciones verticales de poder y no ramificadas como quizá ocurra en casos como, por ejemplo, el de Carolina Recinos, comisionada Presidencial para Operaciones de Gabinete de la presidencia de Nayib Bukele, que de según una publicación del periódico digital El Faro, después de asumir ese cargo el 1 de junio, tres de sus hermanos fueron contratados como empleados del Estado: uno como gerente del Banco de Desarrollo de El Salvador (BANDESAL), otro como jefe de seguridad del Centro Nacional de Registros (CNR), otra como cónsul en Estados Unidos y a una de sus hermanas el Ministerio de Hacienda le adjudicó la administración de la cafetería institucional, no obstante no tener el equipo ni el dinero para operar el negocio.

En estos dos últimos casos, además, ocurrió un cruce de intereses, según la publicación: la hermana acudió a BANDESAL, donde su hermano es gerente, a pedir un préstamo por 22 mil 514 dólares para montar la cafetería en las instalaciones del Ministerio de Hacienda.

Los nombres de los involucrados en este caso que trasciende el nepotismo son: Herbert Orlando Recinos Montes, actual gerente de fondeo de BANDESAL; y Susana Elizabeth Recinos Montes, beneficiaria del crédito.

Recinos: “Yo no llevé a ninguno de mis hermanos”

Sobre estos casos, Recinos aseguró que tres de sus hermanos tienen muchos años de trabajar como empleados estatales. “Es mentira. Yo no llevé a ninguno de mis hermanos al Gobierno. Uno tiene 27 años de trabajar ahí, otro tiene nueve años, otra tiene siete años y cada uno va a seguir desarrollando el proceso profesional y la ubicación que consideren que deben tener”, afirmó en la entrevista Frente a Frente de la TeleCorporación Salvadoreña (TCS).

“No hay ninguna prueba, ninguna cita, ninguna petición, ningún documento en el que yo haya dicho que se pudiera favorecer a alguno de mis hermanos que tienen años de trabajar en el Gobierno”, añadió.

Rechazó, por tanto, que esas acciones sean nepotismo porque no intervino en ninguna de las contrataciones.

“Que yo haya encontrado a mi familia trabajando en el Gobierno y que no hayan sido despedidos no me hace a mí que sea objeto de aplicar nepotismo… Yo no los llevé al Gobierno, no les di trabajo, ni dependen de mí, ni los podía despedir y nadie tenía ni ha violado ninguna ley porque ellos sigan trabajando con el hecho de que yo tengo un año de estar en el Gobierno”, agregó.

Quién sí llevó a sus hermanos a trabajar en el Gobierno fue el presidente Bukele. De acuerdo con la publicación El clan Bukele que gobierna con Nayib, de El Faro, los hermanos Karim, Ibrajim y Yusef Bukele se desempeñan entretelones en las más altas esferas del Gobierno sin tener cargos formalmente designados. Son ellos, y no los ministros ni empleados contratados, los que le hablan al oído al presidente.

Incluso son ellos los encargados de negociar con diputados y empresarios en nombre del presidente. Por ejemplo, recientemente con Karim Bukele acordó con los diputados la aprobación de créditos y con algunos empresarios de viejo cuño la extensión de la cuarentena domiciliar por la pandemia del Covid-19.

Karim, según las fuentes de El Faro, es actualmente el más alto negociador del Gobierno.

Los otros dos hermanos, los mellizos Yusef e Ibrajim, también inciden en las decisiones del presidente Bukele y han aparecido en eventos públicos del Gobierno. Entre el 18 y el 25 de agosto de 2019 Ibrajim viajó a Turquía con fondos públicos y allá fue presentado como “asesor del presidente”.

Yamil Bukele, también hermano de Bukele, se desempeña como presidente del Instituto Nacional de los Deportes (INDES).

Mientras fue alcalde de San Salvador, Nayib contrató como empleados a su esposa Gabriela Rodríguez, que fue secretaria Municipal de la Mujer; a y otros familiares Hassan Bukele, Arena Ortega y Jorge Kattán Readi. También contrató a Yamil como presidente del Instituto Municipal de Deportes y Recreación (IMDER).

Por esas contrataciones lo investigaron el Tribunal de Ética Gubernamental (TEG) y la Corte de Cuentas de la República (CCR).

Ley no hace distinción si es ad honorem

— Diputado Cuadra: el presidente ha justificado su nepotismo diciendo que sus hermanos no cobran salario…

La ley no hace distinción en si es ad honorem o no porque lo que se toma como infracción de ley es la capacidad de nombrarlo porque el aprovechamiento del sector público no solo es en virtud de un salario sino que puede haber otros beneficios que sean obtenidos de manera no tan transparente.

— ¿Hay en la Asamblea proyectos de reforma para la ley?

Hace un año y medio presenté una ley sobre el nepotismo. También presenté una segunda ley relacionada con la penalización del nepotismo, es decir, que fuera delito.

— ¿Cuántos años de cárcel?

De uno a tres años.

— Pero excarcelable.

Sí, te podían condenar pero no podías seguir ejerciendo la función pública por el tiempo de la condena.

 

El FMLN también creó sus redes de nepotismo en las presidencias de Mauricio Funes y Salvador Sánchez Cerén. Al llegar Nayib Bukele al poder despidió a los familiares de dirigentes del FMLN.

El FMLN también creó sus redes de nepotismo en las presidencias de Mauricio Funes y Salvador Sánchez Cerén. Al llegar Nayib Bukele al poder despidió a los familiares de dirigentes del FMLN.

En 2004 el Instituto Universitario de Opinión Pública de la UCA (IUDOP) publicó el estudio La percepción sobre la corrupción en las instituciones de El Salvador en el que los investigadores preguntaron a los ciudadanos cuáles de los siguientes actos de corrupción conoció o presenció en la función pública: apropiación ilegal de bienes, asociación criminal, comisiones ilegales o coimas, nepotismo, tráfico de influencias y peculado o malversación. Las respuestas más repetidas fueron peculado o uso ilegal del dinero del Estado, nepotismo y apropiación de los fondos públicos.

Según Cristina Cornejo, del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), la ley puede mejorarse pero lo de verdad trascendental es que las instituciones no solo multen sino también ordenen la destitución de los funcionarios condenados.

“A veces sí tienen los méritos para estar contratados y en otros que no. ¿Quién debe actuar? El Tribunal de Ética”, dijo.

En su resolución 13-01-2017 el Tribunal de Ética concluyó que la contratación de empleados públicos en base a relaciones de parentesco, matrimoniales o societarios provoca graves distorsiones en la administración del Estado porque los contratados terminarán respondiendo, no a los intereses de la institución para la que trabajan que al fin y al cabo debe resolver los problemas de los ciudadanos como es el fin del Estado, sino a las personas que los llevaron a los cargos.

Además, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha señalado, en la sentencia 49-A-15, que la garantía de mejores servicios públicos yace en la profesionalización y la honradez tanto de los funcionarios como de los empleados que el Estado contrata. Esta garantía, sin embargo, desaparece cuando los funcionarios contratan a los empleados públicos porque son sus amigos, parientes en distintos grados o porque tienen con ellos relaciones maritales.

En sus criterios de interpretación de la Ley de Ética, el Tribunal también relaciona la Declaración Universal de los Derechos Humanos que en el artículo 21 establece que todas las personas tienen derecho a postular, en igualdad de condiciones, para ejercer la función pública.

“El nepotismo violenta el derecho humano de acceso a funciones públicas de todos aquellos que se ven privados de oportunidades para competir justamente por un cargo público”, puede leerse en los Criterios de interpretación de la Ley de Ética Gubernamental.

CLAN RECINOS