El Salvador
lunes 25 de noviembre de 2024

Aprueban ley de donación y trasplante de órganos en El Salvador

por Redacción


Las embarazadas y menores de edad no pueden ser donantes.

La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó este jueves una ley para facilitar la donación y trasplante de órganos de donantes vivos o fallecidos a causa de una muerte encefálica.

La normativa fue aprobada con los votos de 75 diputados de los 84 en el Congreso y permite regular las actividades referentes a la promoción, donación, extracción, preparación, disposición, distribución y trasplante de células hematopoyéticas y troncales obtenidas de médula ósea, tejidos y órganos.

De acuerdo con información del órgano Legislativo, la Ley Especial de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células contempla la creación del Centro Nacional de Trasplante (Centra), una entidad autónoma en lo técnico y administrativo.

El Centra tendrá a su cargo la coordinación nacional de donación y trasplantes en aquellas instituciones del Sistema Nacional Integrado de Salud y del sector privado que presten servicios de salud y se dediquen a actividades relacionadas con trasplantes o la donación de órganos, señaló la fuente.

Indicó que el Ministerio de Salud, como ente rector, será responsable de elaborar, monitorear y actualizar la Política Nacional de Donación y Trasplante de Órganos para fines terapéuticos e investigación científica, como componente de la política y el Plan Nacional de Salud.

A criterio de la diputada Elizabeth Gómez, del izquierdista Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), la ley «es un nuevo marco jurídico que vendrá a beneficiar la integridad de la atención sanitaria de la población (…) una ley que le dará esperanza de vida a todos aquellos pacientes que necesitan de un trasplante para mejorar su calidad de vida».

La norma también establece, entre otras cosas, que las embarazadas y menores de edad no pueden ser donantes y que toda persona que desee donar órganos o células tiene derecho a ser informado de las consecuencias de su decisión, se le debe de garantizar su intimidad, privacidad y confidencialidad y debe de recibir oportuna y gratuitamente las facilidades para asegurar su salud física y mental.

Además, el donante puede revocar su decisión en cualquier momento y no deberá ser condicionado o recibir cualquier tipo de coacción, comercialización o retribución para ser donante.

La fuente agregó que para la creación y estudio de la normativa, los diputados responsables recibieron un importante aporte de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), así como de diferentes actores sociales del país involucrados en la materia.

En este país centroamericano las personas que necesitan un trasplante de algún órgano deben de esperar años para solventar su situación debido a múltiples inconvenientes, entre estas la falta de donantes.