La Sala de lo Constitucional ha dado un plazo de tres días al gobierno para que defina los plazos de repatriación de los salvadoreños varados en el extranjero a raíz de la pandemia del Covid-19.
Los magistrados señalaron que el gobierno presentó un plan sin establecer fechas de inicio y finalización ni cantidad de salvadoreños que serán repatriados.
“Previénese a las diferentes autoridades involucradas en la elaboración y ejecución del plan que, en el plazo de 3 días calendario, contados a partir del siguiente al de la notificación de esta resolución, subsanen la falta de plazos de ejecución y proporcionen información cuantitativa –relativa a la población que será repatriada– con relación al plan de repatriación, el cual no podrá contemplar la “suspensión” de la repatriación de los salvadoreños que se encuentran actualmente en el exterior”, resolvió la Sala.
El pasado 30 de abril, con 60 votos a favor, los diputados de la Asamblea Legislativa superaron el veto presidencial del Decreto Legislativo 621, el cual establece disposiciones transitorias para garantizar el retorno de los salvadoreños que se encontraban fuera del país al momento de la declaración de la emergencia por el Covid-19.
El 1 de abril los diputados aprobaron un decreto transitorio para facilitar el retorno de más de 4 mil salvadoreños que quedaron varados en distintos países, tanto de América del Norte y el Sur como de Europa.
Sin embargo, el 20 de abril el presidente Nayib Bukele vetó por supuesta inconstitucionalidad el decreto que obligaba al gobierno a repatriar a los salvadoreños varados en el extranjero en plena propagación de los contagios de coronavirus.
El artículo del decreto literalmente dice: “El gobierno de la República facilitará el retorno de las personas salvadoreñas, independientemente de su condición migratoria y que al momento de la declaratoria de emergencia causada por el COVID-19 se encontraban fuera del país y debido al cierre de las fronteras por dicha declaración no pudieron retornar; dichas facilidades consistirán en: permitir el ingreso, sea vía aérea, terrestre o marítima”.
Bukele señaló, en el veto, que el decreto número 621 tiene únicamente “un carácter eminentemente declarativo” que generan expectativas irreales en los salvadoreños varados de poder retornar al país debido, según él, a las complicadas condiciones materiales que en la actualidad tiene el país debido a las medidas implementadas para evitar la propagación del coronavirus.
El 8 de abril la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó a Bukele elaborar un plan para repatriar a los salvadoreños en el extranjero que ya no pudieron retornar por el cierre del aeropuerto monseñor Óscar Arnulfo Romero y Galdámez.
Los magistrados señalaron que el plan debe ser gradual y priorizar los casos más urgentes.
Los salvadoreños que deben ser priorizados son los mayores de edad y en estado de salud complicado, las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, padres cuyos hijos menores de edad quedaron en el país sin su cuidado, entre otros.
Los magistrados resolvieron una demanda de amparo que presentó un grupo de ciudadanos en el exterior que intentaron volver al país.
Los que regresaran, según la Sala, debían ser llevados a centros de contención.