El decreto número 19, que emitió el martes pasado el Gobierno de Nayib Bukele en sustitución del cuestionado decreto número 18, excede las facultades legales de la Presidencia de la República invadiendo las de la Asamblea Legislativa, por lo tanto, es nulo, según la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES).
En un comunicado que publicó FUSADES junto a las organizaciones civiles Acción Ciudadana, Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional (IIDC), el Centro de Estudios Jurídicos (CEJ) y la Fundación Democracia, Transparencia y Justicia (DTJ), se advierte que con el nuevo decreto la Presidencia está tratando de burlar el cumplimiento de una orden judicial expresa.
“El presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo número 19 mediante el cual, a pesar de la orden judicial, nuevamente declara un estado de emergencia en todo el territorio nacional, lo que supone una manera burda de intentar burlar el cumplimiento de expresa orden judicial”, dice un extracto del comunicado.
Señalan, además, que el decreto 19 es una “reproducción” del decreto número 18 cuya legalidad también fue cuestionada tanto por expertos jurídicos como la misma Fiscalía General de la República (FGR).
Las organizaciones, además, pidieron a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que certifique el caso a la Fiscalía para que investigue el probable cometimiento de un delito oficial.
“La Sala de lo Constitucional también debe certificar al fiscal general de la República para que investigue la posible comisión del delito de desobediencia a mandato judicial o cualquier otra infracción penal”, señalaron en el comunicado.
Pasadas las diez de la noche del sábado 16 de mayo el Gobierno anunció que había emitido un el decreto número 18 basado en el artículo 24 de la Ley de Protección Civil que permite al presidente de la República, en caso que los diputados no pudieran reunirse para sesionar, declarar emergencia nacional en situaciones de catástrofe provocadas por terremotos, inundaciones y situaciones similares.
Como primeros puntos la nueva declaratoria de emergencia, que duraba 30 días más y era similar en la mayoría de sus partes a la declaratoria de emergencia que anteriormente había aprobado la Asamblea, reiteraba que los ciudadanos podían diferir el pago de facturas de servicios básicos y préstamos bancarios así como también mantenía suspendidas el sistema educativo tanto público como privado y mantenía vigente hasta el 6 de junio la cuarentena domiciliaria.
Sin embargo, también avalaba al Gobierno a seguir realizando compras directas saltándose los mecanismos de control de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP) y a mantener suspendidas las solicitudes de información que los ciudadanos pueden realizar a través de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).
Al día siguiente, es decir el domingo en la tarde, dos ciudadanos presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra ese decreto de emergencia. Unas horas más tarde también lo hizo la Fiscalía General.
El lunes en la tarde la Sala de lo Constitucional admitió las demandas y suspendió la vigencia del decreto 18 de la Presidencia de la República, ordenó a Bukele rendir un informe de los resultados de la primera declaratoria de emergencia y advirtió que se estaba alterando la división de poderes.
Un par de minutos después Bukele publicó en sus cuentas de redes sociales: “Y en un acto sin precedentes, la Sala le quita una facultad a la Presidencia de la República, una facultad que han tenido y utilizado todos los presidentes de El Salvador, en tiempos de emergencia”.
Al día siguiente Conan Castro, secretario Jurídico de la Presidencia, anunció que el Gobierno había decidido derogar el decreto 18 y emitir en sustitución el decreto 19 que básicamente contiene los mismos puntos que la Sala Constitucional ya suspendió.