El director del Departamento de Estudios Legales de FUSADES, Javier Castro, sostuvo que el decreto 22 emitido por el Ejecutivo que restringe la circulación de personas según el último dígito del DUI supera sus facultades reales y es una medida representa una especie de «régimen de excepción de facto».
El experto en leyes de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES) dijo en la entrevista Frente a Frente de Telecorporación Salvadoreña que «amanecemos con un nuevo régimen, con nuevas medidas que me parecen, lastimosamente, que estamos bajo una especie de régimen de excepción de facto».
Castro sostuvo esto ya que se ha «restringido la libertad de tránsito» y no se siguió «lo que señala la Constitución para que esto proceda», o sea, aplicando el artículo 29 de la carta magna, el cual señala los casos específicos para decretar dicho régimen.
Argumentó en ese sentido que «lo que pasa es que no se está restringiendo la libertad como dice la Constitución; la libertad de tránsito puede restringirse bajo ciertas pautas, reglas», y en su lugar, este decreto 22 «toma algunas decisiones que no puede hacer, de venir a restringir la libertad de circulación, sino es mediante un régimen de excepción».
El Gobierno acordó restringir la circulación de la población de municipio a municipio y solo permite el abastecimiento de alimentos y medicinas en un horario establecido según el último dígito de su documento único de identidad (DUI) para evitar la propagación del coronavirus, que desde el 18 de marzo a la fecha ya acumula 695 a nivel nacional.
Otra medida fue suspender el transporte público de pasajeros y solo permitir la circulación de transporte privado y en vehículos propios.
Respecto a esta restricción de circulación, Castro dijo que la Asamblea tuvo un grado de responsabilidad en su implementación, ya que «se debió ser más estrictos y no caer en indeterminaciones que contiene ese decreto (639, ley de cuarentena) y que al solo verlo notamos que daba pauta para cometer abusos».
Y en ese sentido, «estas nuevas restricciones son un exceso a lo que ha señalado la Asamblea y recordemos que un decreto ejecutivo no puede contrariar lo que señala una ley que está llamada a desarrollar, entonces hay una contradicción muy seria», explica.
El experto legal de FUSADES enfatizó que «no puede estarse gobernando vía decreto ejecutivo, ignorando lo que dice la Sala y la Asamblea», ya que esta situación «genera incertidumbre jurídica e inestabilidad política y eso no debe suceder… Tampoco pueden atropellarse derechos ciudadanos».