La Asamblea Legislativa aprobó este jueves por la noche la «Ley Especial para Proteger a las Personas durante la Emergencia Nacional COVID-19» con la cual prohíbe al Gobierno detener a quienes rompan la cuarentena y enviarlos a centros de cuarentena.
Con la misma ley, el Legislativo aprobó -con 60 votos- que las personas que infrinjan la cuarentena domiciliar paguen multas que van desde los $50 hasta los $300 o que estas sanciones se sustituyan por trabajos de utilidad pública.
La población además conservará el derecho al libre tránsito cuando deba desplazarse para acudir a su trabajo, abastecerse de alimentos, agua potable, compra de medicamentos, tratamientos médicos, operaciones bancarias o brindar ayuda a un familiar en caso urgente y necesidad, enfermedad grave o fallecimiento.
Tampoco permitirán a las autoridades sanitarias y de seguridad que puedan entrar a las viviendas de las personas sin una justificación, manteniendo el derecho de inviolabilidad de morada.
Respecto al tema de las retenciones -una de las medidas que más defiende el Ejecutivo como forma para evitar más contagios locales de coronavirus- estas quedarán prohibidas, al igual que el decomiso de vehículos.
Solo serán excepciones a esta ley las personas que «se les compruebe objetivamente que presentan síntomas de enfermedades por COVID-19», quienes sí podrán ser llevadas a centros de cuarentena.
Dichas personas con sintomatología deberán estar informados constantemente de «su estado de salud, procedimientos médicos practicados y sus resultados, derecho a trato digno y adecuado en centros de contención, así como atención especial si padece alguna enfermedad crónica», según informa la Asamblea en su portal web.
Esta ley especial contempla que aquellas personas que se detengan en las calles y no justifiquen su salida serán multadas con montos entre $25 a $150, al considerarse esta conducta como una infracción leve.
Por otro lado, personas en estado de ebriedad o quienes insulten o irrespeten al personal de seguridad serán acreedores de una sanción económica de entre $150.01 hasta un máximo de $300.
Estas multas podrán sustituirse por trabajos de utilidad pública, como limpieza de calles, parques o plazas públicas.
Otro punto en el que hace énfasis esta ley especial es que las autoridades deberán respetar los derechos humanos de la población, no podrán detener a personas por no usar mascarillas o guantes, ni exhibir a los detenidos en los medios de comunicación ni someterlos a tratos denigrantes.
También quedará prohibido que el Gobierno pueda decretar estados de sitio, toques de queda o restricciones no contempladas en la ley.
Sin embargo, el presidente de la República Nayib Bukele informó la noche del jueves que «el nuevo decreto que el FMLN y ARENA pretenden aprobar hoy en madrugada, que nos quitaría facultades para luchar contra la pandemia, será vetado».
Actualmente, el Ejecutivo está aplicando el decreto 19 que está vigente desde el 14 de abril, en el cual se contempla el uso obligatorio de mascarillas, el envío a cuarentena a personas que no justifiquen su salida a las calles y a quienes debe aplicarse la prueba de COVID-19 mientras estén retenidos.
Asimismo, dicho decreto contempla el decomiso de vehículos de personas que incumplan el régimen de cuarentena domiciliar y obliga a la población a permitir el ingreso a sus viviendas a personal de salud.
Al mismo tiempo, la Asamblea aprobó una prórroga al estado de emergencia por 15 días. Sin embargo, el estado de excepción ya no está vigente a nivel nacional.
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