El Salvador
martes 26 de noviembre de 2024

Restringen derechos de libre tránsito y de reunión

por Redacción


También se restringió el derecho a no ser obligado a cambiarse de domicilio.

La Asamblea Legislativa aprobó este sábado por la noche un régimen de excepción para enfrentar la pandemia del coronavirus, el cual incluye la restricción temporal de los derechos constitucionales de libre tránsito, reunirse pacíficamente y el derecho a no ser obligado a cambiarse de domicilio.

Con 57 votos a favor y 25 en contra (los del FMLN), el pleno legislativo aprobó la Ley de Restricción Temporal de Derechos Constitucionales concretos para Atender la Pandemia COVID-19. Tendrá un plazo de vigencia de 15 días.

El artículo 1 de la referida ley establece: “Apruébese la restricción temporal en el marco de la emergencia por la pandemia declarada sobre el virus conocido como COVID-19, de los derechos consagrados en la Constitución y que se refiere a la Libertad de Tránsito, al Derecho a Reunirse pacíficamente y sin armas para cualquier objeto lícito y el derecho a no ser obligado a cambiarse de domicilio, según las reglas que a continuación se estipulan”.

En cuanto a la restricción a la libertad de tránsito, esta se aplicará en casos específicos y con referencia concreta a las zonas que se verán afectadas mediante resolución fundamentada, ordenada por el Órgano Ejecutivo en el ramo de Salud o la publicación del Decreto Ejecutivo correspondiente.

Dicha restricción “podrá referirse al ingreso de extranjeros al país, así como a la circulación en zonas consideradas de riesgo”.

La ley, además, restringe el derecho de reunirse pacíficamente y sin armas para cualquier objeto lícito en atención a la pandemia del COVID-19. Por lo tanto, las autoridades de Salud podrán prohibir mediante resolución fundamentada las reuniones de los habitantes, ordenándoles retornar a su domicilio o residencia, salvo que se trate de reuniones con fines religiosos, culturales, económicos o deportivos, las que deberán ser autorizadas por dichas autoridades de acuerdo a los protocolos sanitarios establecidos.

Cuando se trate de reuniones con fines religiosos, culturales, económicos o deportivos, los organizadores o responsables deberán dar aviso al titular del ministerio de Salud o el funcionario que este delegue con al menos diez días hábiles de anticipación, para su autorización y la determinación de las medidas sanitarias que deberán adoptarse.

La restricción temporal no comprende en ningún caso, restricción alguna a la libertad de ingresar al territorio de toda persona salvadoreña, quien deberá cumplir con las medidas sanitarias que se dicten por las autoridades de salud pública, a la libertad de salir del territorio de toda persona, incluyendo a los funcionarios diplomáticos y funcionarios consulares acreditados en el país y sus familiares.

La Policía Nacional Civil, asimismo, deberá colaborar con las autoridades de salud y migratorias, para la ejecución de las medidas de su competencia en el marco del control de la pandemia por COVID-19, con el propósito de evitar situaciones que pongan en peligro el bienestar de la población.

El funcionario público, empleado público, agente de autoridad o autoridad pública que exceda sus facultades, viole deliberadamente por acción, por omisión, por dolo o culpa la Constitución, la ley reglamentos o protocolos establecidos vigentes, será sancionado conforme lo establece la ley.

Este es el segundo decreto aprobado este sábado por la Asamblea Legislativa a solicitud del presidente de la República, Nayib Bukele. Las normativas buscan dar herramientas legales al Órgano Ejecutivo para enfrentar el coronavirus, enfermedad que hasta este día, según las autoridades gubernamentales, todavía no ha ingresado al país.

Por la tarde, con 83 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó el decreto de Estado de Emergencia por la pandemia del coronavirus durante los próximos 30 días.

El decreto establece que el Ministerio de Salud debe ejecutar todas las medidas necesarias para contener el coronavirus o enfrentar los casos que pudieran presentarse.

Las personas deben de evitar visitar lugares donde haya altas concentraciones. También quedan suspendidos los espectáculos públicos y reuniones que representen riesgo para la salud pública.