El presidente Nayib Bukele vetó el decreto de voto en el exterior que aprobó el 6 de febrero la Asamblea Legislativa alegando que establece laberintos burocráticos que pueden desalentar a los salvadoreños que viven en el extranjero así como también los pone en desventaja frente a los nacionales que viven dentro de los 21 mil kilómetros del territorio.
En sus cuentas de redes sociales, Bukele calificó de “adefesio jurídico” el decreto que aprobaron los diputados. Estas son, según él, las razones para considerarlo así: desconoce el derecho de los salvadoreños en el exterior de postularse como candidatos a cargos de elección popular; los criterios para establecer el arraigo para las municipales son excluyentes para los salvadoreños que nacieron dentro del país; sigue sin regular la circunscripción para los salvadoreños no nacidos dentro del país; injustificadamente crea diferencias entre circunscripción legislativa y municipal; y, finalmente, más que facilitar el decreto se erige como una barrera para los interesados en participar en las elecciones.
“Pretende hacer el voto engorroso y prácticamente imposible, lo cual es un burdo intento de negar (de facto) el derecho fundamental y constitucional de nuestra diáspora al voto”, publicó el mandatario en su cuenta de Twitter.
Entre ocho y nueve de la mañana de este martes Conan Castro, secretario Jurídico de la Presidencia, confirmó en declaraciones a la prensa que en las próximas horas Casa Presidencial mandará a los diputados el veto.
Hace menos de dos semanas los diputados reformaron la ley del voto en el exterior que establece que el ejercicio del sufragio se realizará vía correo postal, manda al Tribunal Supremo Electoral (TSE) a construir el padrón electoral separándolos a su vez en padrones nacionales, departamentales y municipales.
Entre los requisitos que el decreto estableció están: los salvadoreños en el exterior deberán llenar un formulario 180 días antes de la elección para ser incluido en el padrón.
Cuando se trate de las municipales los interesados deberán comprobar su arraigo en la localidad en la que votarán a través de: presentar copia de los documentos de identidad de sus padres o esposa o partidas de nacimiento de sus hijos; demostrar que es propietario de casas u otros con certificaciones del Centro Nacional de Registros (CNR); comprobar que es dueño de negocios con certificaciones del registro de comercio.
El 23 de enero Bukele vetó el primer decreto de reforma al voto en el exterior que aprobaron los diputados con el argumento que violaba una sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y porque no incluía el voto para elecciones municipales.