La Asamblea Legislativa iniciará este martes el ciclo de entrevistas a los 30 abogados que aspiran a convertirse en magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). La subcomisión encargada de este proceso definió en la sesión del pasado día lunes, el mecanismo para entrevistar a los postulantes.
Las entrevistas durarán una hora, en la que los candidatos deberán responder siete preguntas provenientes de cada uno de los diputados que conforman la subcomisión, además de tres preguntas al azar, por parte de las instituciones que asistan a cada jornada de entrevistas.
Además de las organizaciones ciudadanas que han abogado por un proceso de selección más transparente, el público en general podrá asistir a las entrevistas, por disposición de la subcomisión.
Los primeros cuatro abogados que serán entrevistados son: Carlos Sergio Avilés Velásquez, Aldo Enrique Cáder, Roberto Carlos Calderón Escobar y Rogelio Antonio Canales, actual director ejecutivo del Centro Nacional de Registros (CNR).
Antes que termine junio la Asamblea Legislativa deberá elegir a cinco magistrados de la CSJ, de los cuales cuatro serán distribuidos en la Sala de lo Constitucional y uno en la Sala de lo Civil.
La subcomisión encargada del proceso de selección inició su trabajo el 8 de junio, recibiendo a los representantes del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) y la Federación de Abogados de El Salvador (FEDAES). Estas entidades justificaron el proceso de conformación de la terna de candidatos que presentaron a la Asamblea Legislativa.
Para ser magistrados de la CSJ, se deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 176 de la Constitución: “ser salvadoreño por nacimiento, del estado seglar, mayor de cuarenta años, abogado de la República, de moralidad y competencia notorias; haber desempeñado una magistratura de Segunda Instancia durante seis años o una Judicatura de Primera Instancia durante nueve años, o haber obtenido la autorización para ejercer la profesión de abogado por lo menos diez años antes de su elección; estar en el goce de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores al desempeño de su cargo”.