El Salvador
lunes 25 de noviembre de 2024

Sala admite demanda contra candidatura a diputado de José Luis Merino

por Redacción


En caso de que la Sala determine que existe una inconstitucionalidad en la inscripción de Merino, el candidato no podrá asumir su cargo como diputado; si es electo, tendrá que ser sustituido por un suplente del FMLN.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió este lunes la demanda  contra la candidatura a diputado  de José Luis Merino, viceministro para la inversión y financiamiento para el desarrollo y dirigente del FMLN .

El demandante argumentó que la inscripción de Merino como candidato propietario por el departamento de San Salvador por el Tribunal Supremo Electoral (TSE)  viola el artículo 127 de la Constitución de la República que indica que el presidente y vicepresidente de la República, ministros y viceministros, presidente y magistrados  de la Corte Suprema de Justicia no podrán ser candidatos a diputados.

En su resolución, la Sala señaló que la demanda cuenta con todos los requisitos y se procesará para determinar si existe una violación a la Constitución.

La Sala no tomó ninguna medida cautelar para el candidato.  No obstante, el tribunal detalló que el resultado electoral de la participación del ciudadano José Luis Merino estará condicionado al fallo que se dicte en este proceso de inconstitucionalidad.

En caso de que la Sala determine que existe una inconstitucionalidad en la inscripción de Merino, el candidato no podrá asumir su cargo como diputado, en caso de ser electo, tendría que ser sustituido por un suplente de su grupo parlamentario.

El pasado miércoles, Guillermo José Langenegger, Paul David Steiner y Eduardo Enrique Lovos, miembros del movimiento ciudadano Democracia Limpia, presentaron una demanda de inconstitucionalidad en la Corte de Suprema de Justicia (CSJ) contra el Tribunal Supremo Electoral por la inscripción de la candidatura a diputado de José Luis Merino.

El argumento fue que la candidatura de Merino por el FMLN es inconstitucional porque en el artículo 127 de la Constitución se establece que los ministros y viceministros no pueden ser candidatos a diputados.