La Sala de lo Constitucional le ordenó este miércoles al Tribunal Supremo Electoral (TSE) conceder a los candidatos no partidarios un plazo complementario a los noventa días para que presenten los requisitos que exige la ley para su inscripción.
El pasado 22 de noviembre, la Sala de lo Constitucional admitió cuatro demandas de amparo presentadas por candidatos no partidarios.
Estos plantearon que el Tribunal Supremo Electoral había irrespetado los plazos para admitir la petición de reconocimiento y la autorización de libros para la recolección de firmas.
Según los demandantes, esto provocó un retraso injustificado en la autorización de los libros y afectó el plazo de noventa días que establece la Ley de Partidos Políticos para la recolección de firmas y huellas.
“La Sala consideró que la supuesta limitación del plazo a los candidatos no partidarios les afecta presuntamente en su derecho a optar en un cargo público, lo cual a su vez podría repercutir en las futuras decisiones de voto de los ciudadanos para las elecciones para diputados del año 2018”, dice la resolución de la Sala.
Luego agrega: “Por lo anterior, ordena como medida cautelar que se equipare materialmente a los candidatos no partidarios en relación con los candidatos de los partidos políticos, por lo que el TSE deberá concederles un plazo que se extienda hasta la fecha de inscripción de candidaturas y, de esa manera, permitirles recolectar las huellas y firmas de los ciudadanos que les apoyan”.
Asimismo, la Sala advirtió que para evitar una vulneración al derecho a la igualdad respecto de los demás candidatos independientes, el plazo establecido aplicará a los que decidan realizar el mismo proceso.
La resolución fue firmada por los magistrados José Óscar Pineda Navas, Florentín Meléndez, Sidney Blanco y Rodolfo González.