La Sala de lo Constitucional admitió este miércoles cuatro demandas de amparo presentadas por candidatos no partidarios que señalan que el Tribunal Supremo Electoral ha irrespetado los plazos para admitir la petición de reconocimiento y la autorización de libros para la recolección de firmas.
El argumento de los demandantes es que, según una sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional, a los candidatos no partidarios se les debe conceder los mismos plazos que a los partidos políticos (cuatro meses previos a la elección).
Sin embargo, según los demandantes, el Tribunal Supremo Electoral los mantuvo con evasivas, por lo que el plazo de cuatro meses se redujo a cuarenta y siete días.
La resolución de admisión fue firmada por los magistrados José Óscar Pineda Navas, Florentín Meléndez, Sidney Blanco y Rodolfo González.