El período de inscripción de candidatos para las elecciones legislativas y municipales de 2018 está por iniciar y la mayoría de partidos ya tiene aseguradas sus cartas para diputados y alcaldes y concejos municipales. El FMLN, sin embargo, podría no tener en firme a su candidato para la reelección a la Alcaldía de San Miguel, a falta de una resolución de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Miguel Pereira, alcalde y candidato a la reelección en la “perla de oriente”, se alzó victorioso en las primarias efemelenistas realizadas a finales de junio pasado. No obstante, su contrincante Argumedo Benítez interpuso un recurso de amparo ante la Sala para anular ese proceso eleccionario.
El recurso de amparo fue interpuesto el 21 de julio, cerca de un mes después de las internas del FMLN. En el mismo, Benítez denuncia lo que considera una “violación de derechos fundamentales en dicha elección”, por lo que pidió la anulación de los comicios internos en San Miguel.
Previo a los comicios, el equipo de apoyo de Benítez, en el que se encuentra el exdiputado y sobrino del secretario general del FMLN, Ricardo González, denunciaron una serie de anomalías en el proceso interno y acudieron al Tribunal Supremo Electoral para que se levantara el bloqueo que la directiva municipal del FMLN intentaba hacer a la candidatura de Benítez.
Allegados a Benítez sostuvieron que el día de la elección se suscitaron anomalías para procurar que el actual edil se alzara con la victoria, como la realización de campaña interna a favor de Pereira y la utilización de papeletas que podían ser fácilmente fotocopiadas para favorecer al actual edil.
Además, Ricardo González denunció que la Comisión Electoral del partido oficialista no había notificado al candidato Argumedo Benítez del cumplimiento a la orden del Tribunal Supremo Electoral (TSE) de inscribir su planilla.
Lo anterior debía obedecer a una resolución del TSE del 14 de junio, en la que se ordenó la inscripción de la candidatura de Benítez, al no encontrar anomalías que impidieran su participación en el proceso interno.
La Comisión Electoral efemelenista argumentó que la planilla encabezada por Benítez no cumplía requisitos en cuando a asignación de cuotas de mujeres y personas menores de 30 años, lo cual fue desvanecido por el TSE.