El Salvador
lunes 25 de noviembre de 2024

Contenidos de programas radiales y televisivos no serán regulados por el gobierno

por Gerardo Arbaiza


Eso se estableció en las reformas a la Ley de Telecomunicaciones, que fueron avaladas en la última Sesión Plenaria de la Asamblea Legislativa.

Dentro de las facultades que se le definieron a la Superintendencia de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) en las reformas a la Ley de Telecomunicaciones avaladas en la última Sesión Plenaria de la Asamblea Legislativa, no se encuentra la de regular los contenidos que se exhiben en radio y televisión.

Los diputados que conformaron la Comisión Especial para estudiar estas reformas, coincidieron en que esos temas no le competen a la SIGET, lo cual era uno de los temores de algunos sectores que vieron con recelo el proceso de discusión para actualizar la Ley.

“Poner a la SIGET como ente contralor de contenidos nunca ha estado en discusión”, sostuvo el diputado Roger Blandino Nerio por el FMLN.

Por su parte el legislador Mario Tenorio de la fracción de GANA, explicó las facultades de la SIGET, en el sentido de velar por el uso que se le da a las frecuencias. Para este propósito, explicó, se ha cambiado dentro de las facultades de la entidad, la palabra “vigilar” por la palabra “monitorear” las frecuencias, como un aspecto de la nueva Ley,

“En ningún momento se está vulnerando la libertad de expresión”, dijo Tenorio, quien detalló que la SIGET supervisará que las frecuencias del espectro radioeléctrico no estén ociosas.

Mario Ponce, diputado por el PCN, agregó que dentro de las reformas se acordó que SIGET vele por qué no se viole el espacio que corresponde a una frecuencia.

Dichas reformas fueron aprobadas con los votos de 81 diputados y el concurso de todas las fracciones legislativas, luego de una discusión por parte de la Comisión Especial, en la que se escuchó aportes de SIGET, la Asociación Salvadoreña de Radiodifusores (ASDER) y la Asociación de Radios y Programas Participativos de El Salvador (ARPAS), entre otros entes.

Las reformas parten de una sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que en 2015 declaró inconstitucional el recurso de la subasta de frecuencias como única forma para acceder a ellas, ya que esta solo beneficia a aquellos con los recursos económicos suficientes para hacerse con una frecuencia.

Para esto se ha establecido en la Ley el concurso como forma para acceder a las frecuencias. El director ARPAS, Leonel Herrera, explicó que el concurso aplicará para que las asociaciones sin fines de lucro puedan acceder a frecuencias, en tanto que se dejará el mecanismo de la subasta para las radios comerciales.

Asimismo se agregó el mecanismo de asignación directa de frecuencias radioeléctricas, en el caso que vaya a ser usada por una institución del Estado. De manera que en lugar de un solo mecanismo para asignar frecuencias, la nueva ley contará con tres mecanismos.

De igual forma se fijó una tasa anual por el otorgamiento de las frecuencias, la cual dependerá de la ubicación de las mismas, a la vez que la renovación de la conceción de frecuencias cada 10 años ya no será de forma automática, sino a través de un procedimiento que estará normado dentro del reglamento de la Ley de Telecomunicaciones.