El Salvador
jueves 9 de enero de 2025

Hasta 14 años de prisión para cabecillas y financistas de pandillas

por Redacción


Asamblea Legislativa dio luz verde a una serie de reformas legales que buscan mayor presión contra pandillas y menores responsables de delitos graves.

“Los creadores, organizadores, jefes, dirigentes, financistas o cabecillas de las mencionadas agrupaciones, serán sancionados con prisión de nueve a catorce años”, así dice un fragmento de la reforma al Código Penal aprobado la tarde de este jueves en la sesión plenaria de la Asamblea Legislativa.

Los diputados de todos los grupos parlamentarios concurrieron con sus votos para dar vida a un paquete de reformas legales propuestas por la Fiscalía General de la República, como parte de las medidas extraordinarias que el Estado impulsa para acabar con las pandillas.

Dentro de las medidas aprobadas por el Legislativo, también se encuentra la criminalización a la obstrucción violenta a procedimientos legales como levantamiento de cadáveres o audiencias penales.

Otra de las propuestas de la Fiscalía como impedir la libre circulación en colonias y comunidades, lo cual será penado con hasta ocho años de cárcel. Asimismo el amedrentamiento por parte de pandillas a estudiantes y docentes de centros escolares recibirá una pena de ocho a doce años de prisión.

Además se reformó la Ley Antiterrorista para incorporar como organizaciones terroristas a las maras o pandillas, esto en consonancia con la resolución en la que el pasado 2015 la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró como terroristas a estos grupos, sus financistas, apologistas, entre otros.

Al respecto, el diputado Guillermo Gallegos del partido GANA apuntó que con esta reforma se le otorga mayor facultad a la Fiscalía, ya que podrá argumentar los procesos judiciales en los que se presente a pandilleros como terroristas.

De igual forma resaltó que los nuevos delitos como la resistencia agresiva al arresto, impedir la libre circulación y el amedrentamiento en centros escolares no serán delitos excarcelables.

Por otra parte, se reformó la Ley Penal Juvenil, para dar facultad al Ministerio Público a detener a menores de edad sospechosos de cometer delitos sin la necesidad que un juzgado de menores lo autorice, sino que con un requerimiento judicial, de la misma forma que se hace con adultos.