El Salvador
domingo 24 de noviembre de 2024

Sala deja sin efecto provisional la ley de Probidad

por Redacción


"La Sala consideró que, en relación con la omisión legislativa alegada, los demandantes han cumplido los requisitos para que la demanda sea admitida y analizar si la Asamblea Legislativa ha cumplido con el mandato", dice el comunicado.

Cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitieron este lunes una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley de Probidad  y emitieron una resolución en la que dejan sin efecto la ley que fue aprobada por la Asamblea Legislativa a finales del año pasado.

«La Sala consideró que, en relación con la omisión legislativa alegada, los demandantes han cumplido los requisitos para que la demanda sea admitida y analizar si la Asamblea Legislativa ha cumplido con el mandato a que se refiere el artículo 240 incisos 1° y 4° de la Constitución», dice el comunicado emitido por la Sala.

El pasado jueves, un grupo de ciudadanos presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de Probidad porque, a su juicio, contiene artículos que mutilan la lucha contra funcionarios involucrados en casos de corrupción.

El llamado Grupo Promotor -en el que participan FUSADES, ISD, FUNDE, entre otros- alegó que la ley viola el artículo 240 de la Constitución cuando delega a la Sala de lo Civil funciones que ya las desempeña el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Pidieron, asimismo, que suspenda la vigencia de la ley y en su lugar funcione la derogada ley de Enriquecimiento Ilícito.

“Quedará una ley (si no es declarada ilegal) que contribuirá a la cultura de opacidad”, advirtió Claudia Umaña, del Grupo.

El principal problema, según los demandantes, es que ya no será el pleno el que abrirá juicios por enriquecimiento ilícito sino que la Sala avisará a la Fiscalía General (FGR) que decidirá si los engaveta o los lleva a los tribunales.