El Frente Farabundo Martí (FMLN) presentó a la Asamblea una propuesta de modificación a los códigos Penal y Procesal Penal para castigar con un mínimo de cuatro y máximo de seis años de cárcel a los evasores de impuestos.
La reforma al artículo 99 del Código Penal es para que la tortura, actos de terrorismo, secuestro, desaparición forzada y los delitos cometidos contra la Hacienda Pública no prescriban, es decir, que sin importar el tiempo puedan ser perseguidos y llevados a los tribunales.
También propone modificación al artículo 249 del mismo cuerpo legal para que se consideren atentados contra el fisco: la evasión de impuestos, tasas y contribuciones, la apropiación o retención tributaria, el aprovechamiento de devoluciones y reintegros, entre otros.
En el artículo 250 sugiere que cualquiera que defraude por más de 25,000 colones pueda ser castigado con un mínimo de cuatro y un máximo de seis años de cárcel. El siguiente propone que cuando Hacienda tenga indicios del delito deberá presentar el caso a la Fiscalía General con un informe sólido de los indicios.
La reforma al 252 establece que si el evasor paga al fisco la deuda la pena oscilará entre dos a tres años, es decir, que podrá pedir la excarcelación, similar a lo que sucede en la actualidad.
El 22 de junio la comisión de Legislación y Puntos Constitucionales desempolvó dos proyectos de reformas al Código Penal con la misma petición. Una proponía hasta diez años de prisión contra los defraudadores del fisco. Ese día los diputados aseguraron sentirse extrañados que los delincuentes confesos pueda evitar ir a prisión solo con pagar.
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Las regulaciones vigentes las aprobó la Asamblea en los años 90 y deja portillos a los auditores y abogados para que puedan «maquillar» las cifras de las grandes empresas para evadir y eludir.
La primera propuesta llegó al Parlamento en 2009 de la mano de los diputados Norma Guevara, Inmar Reyes y Lorena Peña.
Anualmente el Estado deja de recibir unos $2,000 millones como consecuencia de la evasión y la elusión.