Un violador en serie detenido y otro arrestado por secuestrar, violar y asesinar a una menor de seis años. Así cerró junio: con dos casos, muy distantes entre localidades, que sacudieron la opinión de aquellos que exigen la aplicación de penas más robustas contra estos crímenes.
Lázaro Usiel Eleazar Vásquez del Cid, de 30 años de edad, es el reo en fase de confianza que hoy guarda prisión luego de que la Fiscalía General de la República (FGR) determinara que violó, al menos, a catorce mujeres en San Salvador. De este total, un caso ya está documentado y bajo proceso judicial.
Su cuadro, mientras estaba preso, no era de un violador en serie: la condena de 16 años que pagaba era por robo agravado. Amedrentaba a sus víctimas y las llevaba hasta un motel bajo amenaza de asesinarlas. Aprovechaba sus horas afuera del centro penitenciario de Mariona para operar.
Carlos Rodríguez, de 20 años, es el agresor y homicida de una nena de seis años. La secuestró y violó en Tecoluca, San Vicente. Tras ser detenido, el lunes pasado, confesó: “Me obligaron a violarla. Yo no quise hacerlo, pero me amenazaron los pandilleros que iban a matar a mi familia… No sé si ya estaba fallecida cuando ellos me dijeron que le tirara una piedra”.
Ambos nombres sonaron este martes en la Asamblea Legislativa cuando dos proyectos de reformas a la legislación penal fueron presentados por la diputada Patricia Valdivieso, de Alianza Republicana Nacionalista (ARENA).
Apoyada por la bancada de su partido, la legisladora de derecha aseguró que una de las vías para contrarrestar los delitos sexuales de privados de libertad y evitar, así, la reincidencia de un “depravado sexual” es aplicando la “castración química”.
Su solicitud se basa en reformar el artículo 103 de la Ley Penitenciaria, que consiste en la inclusión del artículo 103B para incorporar este régimen de tratamiento médico especial, aplicado por Medicina Legal en los casos de delitos contra la libertad sexual cuando un juez lo determine o como opción del reo para acceder a beneficios previos al cumplimiento de la pena.
La segunda reforma propuesta es al artículo 46 del Código Penal, que consiste en la incorporación de un inciso en el que se considera una pena accesoria la terapia o tratamiento médico especial, en los casos previstos por el artículo 103-b (a reformar) de la Ley Penitenciaria.
“El Salvador despertó indignado ayer con la muerte de Jennifer, una niña de solo seis años, violada y salvajemente asesinada”, expuso desde la Asamblea. Y añadió: “Tenemos que hacer lo posible por evitar violaciones y muertes de más Jennifer”, expresó.
Sus argumentos fueron sustentados en que esta medida evitará que violadores, que cumplen su pena o gozan de libertad condicional, reincidan. Es decir, sigan violando, como es el caso de Lázaro.
“Está científicamente comprobado que un violador es un enfermo sexual que no se curará solo con internamiento y terapias. El tratamiento médico especial es una alternativa que le ayuda al enfermo a contenerse y a la sociedad a reducir las violaciones de este tipo de enfermos”, expuso.
Su propuesta deberá llegar a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para su estudio. Así se deberá conocer el expediente y evaluar los argumentos que se tienen para implementar el tratamiento.
Sin embargo, la diputada Jackeline Rivera, del partido Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), al ser consultada sobre la propuesta, hizo énfasis en el tipo de análisis que requiere: más que jurídico debe ser médico, que determine si surte efectos o si puede tener consecuencias paliativas y de prevención.
“No quiero adelantar criterios de si es Constitucional o no. Hay que hacer un análisis jurídico y revisar los tratados internacionales a los que está suscrito El Salvador, entre los que se protege, en muchos casos, a los privados de libertad”, comentó la legisladora.
En este caso, lo que debe entrar en discusión, además, es el propósito de la medida y si esta logrará disuadir o penalizar.
“Lo cierto es que quien ha cometido estos actos deben de cometer el peso de la ley y nadie debe ser considerado”, reiteró a Diario1.
Pero, ¿es conveniente aplicarlo?
La castración química es un tratamiento que implica la reducción del lívido y deseo sexual del paciente. Este se usa en seis estados de los Estados Unidos y países como Argentina.
Con la inyección, aplicable cada tres meses, se evita que el sujeto pueda tener una erección mientras toma el medicamento.
Sin embargo, aunque si bien baja el deseo sexual en una hombre, no es la solución. Así lo explicó el sicólogo forense del Instituto de Medicina Legal (IML), Marcelino Díaz, quien ha visto pasar por su consultorio víctimas de todo tipo: aquellas personas violentadas, violadas, golpeadas, maltratadas…
De dos puntos parte el especialista para sostener por qué la castración química no es una salida para controlar a los violadores. Primero, deben tomarse en cuenta los países donde el tratamiento ha fracaso: estudiar y analizar las razones. Segundo, la castración química no es un controlador de impulsos: el victimario siempre buscará otras formas de violar, como un palo o sus manos.
“El violador va a seguir violando de otras formas. No tiene cura”, dijo y, en cambio, uno de los tratamientos que aplican en otros países es el aislamiento que se hace del violador en un centro penitenciario.
El hecho que le quite de deseos sexuales, sostuvo, no bloquea las funciones del problema: su forma de pensar y su instinto violento. Por ejemplo, explicó, un pedófilo no tiene control de sus impulsos. Algunos, incluso, no logran tener una relación afectiva con una mujer.
“Lo malo no se lo va a quitar y buscará cómo canalizar el bloqueo… Y, peor aún, hasta puede matar”, insistió el sicólogo forense.
En 2006, el incremento de las violaciones llevó a que el diputado Rodolfo Párker, del Partido Demócrata Cristiano (PDC) propusiera la castración química. Para entonces, solo ARENA se mostró abierta a apoyar la medida que hasta hoy volvió a ser retomada por la bancada de derecha.