El Salvador
jueves 28 de noviembre de 2024
Política

Envían a prisión a diputado suplente de GANA acusado de tráfico de personas

por Redacción


El imputado no se hizo presente a la audiencia. De momento las fiscales del caso no han brindado declaraciones a la prensa.

El diputado suplente de Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana), José German Iraheta Méndez, acusado por el delito de tráfico de personas enfrenta la tarde de este viernes la audiencia inicial.

Pese a que el abogado defensor del diputado suplente, Tomás López Barahona,  indicó que pedirán que el juez decrete medidas alternas a la detención, el juez Noveno de Paz sostuvo que Iraheta estará preso al menos seis meses, mientras dura la fase de instrucción, por lo tanto no podrá asumir el cargo el próximo 1 de mayo.

El imputado no se hizo presente a la audiencia. De momento las fiscales del caso no han brindado declaraciones a la prensa.

El pasado miércoles la Fiscalía General de la República (FGR) giró una orden de captura contra Iraheta Méndez.

Junto a al diputado suplente fue capturado Juan Carlos Daniel Quinteros por el mismo delito. De acuerdo con información publicada por la FGR en su cuenta oficial de Twitter, los detenidos ofrecían a personas llevarlas a los Estados Unidos por pagos que alcanzaban los 7 mil 500 dólares.

Al parecer, una persona que habría sido afectada por los imputados interpuso la denuncia.

La Unidad Especializada de Tráfico Ilegal y Trata de Personas giró la madrugada de este martes la orden de captura y el operativo se realizó en el municipio de Sensuntepeque, departamento de Cabañas.

Iraheta fue electo como diputado suplente de Lorenzo Rivas en marzo pasado.

Imagen tomada de @PrensaFgr.

Imagen tomada de @PrensaFgr.

Suplentes sin fuero

La Sala de lo Constitucional emitió el año pasado una resolución donde dice que ningún diputado suplente tiene fuero y deberá darse trámite al proceso penal toda vez que se haya emitido la orden de captura administrativa.

La resolución dispone lo siguiente: “Los diputados suplentes, mientras no hayan sido llamados a formar Asamblea y ejercer la diputación, no son titulares de los derechos prerrogativos y atribuciones inherentes a la condición de parlamentario”.