La base legal que se utilizó para pagarle alrededor de $90 mil en salarios caídos al diputado Rodrigo Samayoa, y el Acuerdo Legislativo mediante el cual se ordenó cancelar ese dinero, es un verdadero misterio en la Asamblea Legislativa.
Para empezar, ningún diputado puede decir, con claridad, qué base jurídica se usó para devolverle sus salarios mientras no dispuso de fuero legislativo.
El legislador Samayoa fue acusado de agresiones por su exesposa Mireya Guevara, por lo que tras un proceso de antejuicio le retiraron la inmunidad parlamentaria. El caso pasó a los juzgados y ahí el legislador llegó a un acuerdo con Mireya Guevara.
Cuando el juicio finalizó, Samayoa regresó a ocupar una curul legislativa y poco después el directorio legislativo decidió devolverle $90 mil en salarios caídos.
El problema de ese pago a Samayoa surge ante el hecho de que al diputado suplente que lo sustituyó recibió, durante la ausencia del exlegislador de ARENA y ahora de GANA, el pago de un salario como legislador propietario.
Ante eso, ningún diputado puede recibir un pago salarial como legislador titular dos veces, por las mismas funciones. Las leyes lo impiden.
Además, los legisladores −al igual que los restantes funcionarios públicos− sólo pueden hacer lo que la ley les autorice.
Si los diputados que ordenaron el pago no tienen una clara base legal, la cancelación de los $90 mil sería ilegal y se basaría en un acto administrativo visiblemente nulo.
Búsqueda de Diario1.com
Lo primero que hicieron periodistas de Diario1.com fue pedir una copia del acuerdo tomado por la junta directiva de la Asamblea Legislativa para pagarle los $90 mil al diputado Samayoa.
Para obtener el acuerdo se pidió apoyo a dos diputados. Eso se hizo la semana pasada.
Sin embargo, ninguno de los dos diputados a quienes pidió ayuda este diario, recibió una respuesta a la petición de que se entregara el acuerdo.
La Gerencia de Operaciones Legislativas o el técnico responsable de asistir a la Junta Directiva de la Asamblea Legislativa no entregaron la copia del acuerdo de pago de los $90 mil.
Los legisladores dijeron a Diario1, durante tres días consecutivos de la semana pasada, que ningún funcionario quiso entregarles la copia del acuerdo, a pesar de que se supone que están obligados a hacerlo.
Otros legisladores
Ante eso, los periodistas de este diario consultaron, directamente, a varios diputados la base legal que usaron para autorizar el pago.
Lo que se hizo fue consultar, de manera simultánea, a cuatro miembros de la Junta Directiva de la Asamblea Legislativa para que hablaran del tema. Curiosamente, los criterios de los diputados consultados no coinciden. Perplejos, los periodistas escucharon tres versiones diferentes:
1. Resolución de Corte de Cuentas
Los diputados Guillermo Gallegos y Francis Zablah, de GANA, coincidieron al decir que fue una resolución de la Corte de Cuentas la que autorizó el pago.
Si esto fue así, algunos abogados dudan de que la Corte de Cuentas tenga facultades o jurisdicción para autorizar el pago de salarios caídos a Samayoa.
Cuando se les preguntó quién firmaba la resolución de la Corte de Cuentas, respondieron que lo hizo el expresidente de esa institución, Rosalío Tóchez.
Sobre todo, se duda de esa autorización por el doble pago que significaría y las violaciones a otras disposiciones administrativas.
2. Decisión de un juzgado de familia
Diario 1 también preguntó al directivo por ARENA, Ernesto Angulo, sobre la base legal que usaron para pagarle al diputado Samayoa los $90 mil.
Angulo dijo que todo se basó en una resolución de un juzgado de familia donde el diputado fue acusado de violencia intrafamiliar por su exesposa.
De acuerdo con el diputado Angulo, el juzgado resolvió como «no grave» el delito por el que era acusado Samayoa y ordenaba que las cosas volvieran a su estado previo al escándalo público.
Según Angulo, Samayoa no solo reclamó los salarios «caídos», sino que se le reincorporara al cargo directivo que ocupaba, sin embargo, fue persuadido para que no lo hiciera.
Ante el desconocimiento de la resolución del Juzgado de Familia, otros abogados consideran que jueces de esa materia no tendrían jurisdicción ni competencia para ordenarle una disposición que es típica del derecho administrativo, pero no del derecho de familia.
3. La tercera de las respuestas obtenidas de los diputados se obtuvo de la directiva por el FMLN, Lourdes Palacios.
Ella aseguró que reincorporar a Samayoa y pagarle su salario se sustenta en una resolución de «la Sala» de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Pero dudó al preguntarle si se trataba de la Sala de lo Constitucional o de lo Contencioso Administrativo. «La Sala de lo Constitucional», terminó diciendo.
Ante esto último, Diario1 recorrió los principales tribunales del país y logró comprobar que la Sala de lo Constitucional falló en contra del diputado Samayoa cuando pidió que se protegieran sus derechos constitucionales.
También logramos probar que, igualmente, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia resolvió en contra de Samayoa cuando quiso abrir un camino de defensa en esa materia jurídica.
Fue el 21 de enero de este año cuando la Sala de lo Contencioso Administrativo declaró inadmisible la demanda con la que el diputado Samayoa quería dinamitar todo cuanto se hizo contra él en la Asamblea Legislativa.
Fue en junio del 2013 cuando la Sala de lo Constitucional rechazó una acción de Samayoa, quien pedía que no lo desaforaran y fuera juzgado hasta que terminara su mandato como diputados.
Por lo tanto, ninguna de las salas de la Corte Suprema de Justicia ordenó que le pagaran los $90 mil en salarios caídos a Samayoa.