El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Eugenio Chicas, manifestó esta mañana que desde su perspectiva que la independencia del ejercicio de la función pública no es afectada por la militancia partidaria. «La militancia partidaria no me exonera de la responsabilidad de actuar apegado a ley, apegado a ética, lo cual lo hemos demostrado a lo largo de mi carrera política al frente de esta institución», agregó.
No obstante, Chicas aseguró que su militancia incluso la considera beneficiosa porque abona en mística, en disciplina y en compromiso con los intereses del estado. «Considero que la militancia lejos de ser una desventaja mas bien abona al correcto desempeño del cargo», reiteró.
El funcionario descartó renunciar a su militancia para mantener el cargo. «Yo milito en organizaciones e izquierda desde los 14 años, desde la secundaria. No me imagino renunciando a una vocación que lo que me ha dado son principios, valores, mística. En ese sentido, no creo que mi función pública deba de depender de renunciar a una historia, a una práctica que lo que me parece que me a aportado es una manera de responder a los intereses del país», explicó.
Sin embargo, afirmó que independientemente de cuál sea la resolución que arroje la Sala de lo Constitucional él será respetuoso del fallo. «La resolución merecerá en cualquier caso mi total respeto y reconocimiento», enfatizó.
Según los mandamientos de ley, luego de ser notificado el pasado miércoles sobre la admisión de la demanda, el magistrado presidente tendrá cinco días hábiles para sentar su posición frente a la Sala y presentar un fundamento que argumente la constitucionalidad de su nombramiento. Este plazo vencerá el próximo 24 de abril.
A partir de ahí, la Fiscalía General de la República contará con cinco días hábiles para su posicionamiento como garante, el cual vence el próximo 5 de mayo. Posteriormente, será la Asamblea Legislativa quien tiene 10 días para dar su posición, ya que es esta institución la que está siendo cuestionada. La demanda busca dilucidar la inconstitucionalidad de la actuación de la Asamblea respecto a la elección de la presidencia del TSE.