La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha sembrado dudas entre los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) al haber admitido un recurso de inconstitucionalidad (el viernes pasado) que limita el proselitismo de funcionarios en ejercicio.
El presidente del ente electoral, Eugenio Chicas, reconoció “tenemos preocupaciones” al preguntarle directamente sobre el impacto de la demanda, sobre la cual fueron notificados el viernes pasado.
Una de las inquietudes tiene que ver, según Chicas, con que en el país están vigentes las votaciones por rostro (para diputados y alcaldes) y eso significa que todo ciudadano tiene la posibilidad de competir por un cargo de elección popular, incluyendo quienes laboran en cualesquiera de las instituciones del Estado, es decir, funcionarios públicos.
No obstante, el recurso interpuesto prohíbe que funcionarios en ejercicio se involucren en actividades de proselitismo.
“En el caso de un diputado que busque la reelección ¿de qué manera va a hacer campaña? Si ese recurso le prohíbe hacerlo”, expuso Chicas.
El magistrado está consciente que en el actual proceso electoral (presidenciales 2014) quizá no se mida el impacto de la demanda, sobre todo, porque la campaña concluirá la medianoche de este miércoles. No obstante, para el 2015 se llevarán a cabo las votaciones para diputados y alcaldes.
“¿Cómo van a hacer campaña los alcaldes que busquen reelección? Si ellos, como los diputados, llegan a esos cargos por elección popular… No tiene discusión la aplicación de la sentencia pero tenemos que hacer una reflexión para esclarecer cómo cumplirla”, explicó el magistrado.
Según dijo, debido las “preocupaciones” del recurso interpuesto, este lunes todos los magistrados electorales y el equipo jurídico del TSE habían programado una sesión para estudiar a profundidad todos los detalles de la notificación y posteriormente hacer una valoración pública.
El viernes pasado, los magistrados de la Sala de la Constitucional decidieron admitir un recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo 181/2013, mediante el cual se permite la participación de los funcionarios públicos en actividades relacionadas con política partidista, por la presunta vulneración al artículo 218 de la Constitución.
El referido artículo establece que “los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no de una fracción política determinada. No podrán prevalecerse de sus cargos para hacer política partidista”.
Los ciudadanos demandantes argumentaron que las instituciones deben ser independizadas de la política partidista. Por ello, los funcionarios no pueden realizar sus actividades en nombre o a favor de los grupos de poder de sectores determinados, sino en beneficio de todos y cada de los miembros que conforman la sociedad salvadoreña.