El Tribunal Supremo Electoral (TSE) imprimirá 4 millones 955 mil 107 papeletas y dispondrá de un 1 por ciento (495,510) de reserva para cualquier contingencia para las elecciones presidenciales del 2 de febrero de 2014.
La magistrada Silvia Cartagena explicó que esta cifra corresponde al número de ciudadanos que contiene del registro electoral, incluyendo los 10 mil 338 electores que emitirán su voto en el exterior. Este registro más el 1% hacen un total de 5 millones 450 mil 617.
El 1% se mantiene en reserva para casos de emergencia para reposición de papeletas que por cualquier circunstancia se dañen durante el almacenamiento de las mismas o el traslado a los centros de votación, indicó la funcionaria.
Asimismo, el subdirector de Operaciones del TSE, Edwin Bazán, dijo que las papeletas serán distribuidas en paquetes de 500 en las 10 mil 422 Juntas Receptoras de Votos (JRV) que se instalarán a nivel nacional el día de las elecciones.
El costo y la empresa que se encargará de la impresión aún no se han determinado porque no ha concluido el proceso de licitación, agregó.
De acuerdo con la legislación electoral, el TSE deberá nombrar a las JRV 30 días antes de las elecciones. Estas estarán integradas por un máximo de cinco miembros propietarios con sus respectivos suplentes. Este organismo temporal –conformado por representantes de los principales partidos políticos en contienda− administra los comicios en los centros de votación
Las papeletas para las elecciones presidenciales no incluirán la fotografía de los candidatos. La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó en septiembre pasado una petición de voto por rostro en comicios para elegir al presidente de la República.
La Sala declaró que no existe inconstitucionalidad en el artículo185, inciso 1º del Código Electoral, por la supuesta violación al carácter libre del voto y al principio de igualdad.
El artículo estipula que para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República el ciudadano debe marcar sobre la bandera del partido o coalición al que pertenezcan los candidatos.
En la sentencia emitida el 6 de septiembre, la Sala de lo Constitucional no estableció inconstitucionalidad ya que el partido político que postula a sus candidatos a Presidente y Vicepresidente solo ofrece una fórmula presidencial.
“No se afecta la plena capacidad de opción de los votantes, al haber una sola fórmula presidencial para elegir en la propuesta electoral de cada partido o coalición política”, explicó la Sala mediante un comunicado.
“Si para la elección presidencial no hay más opciones que votar por la fórmula propuesta por cada uno de los partidos políticos, se concluye que para obtener los votos los candidatos pueden presentarse visualmente agrupados bajo un símbolo partidista (la bandera) o por cualquier otro medio que los individualice, según lo determine la Asamblea Legislativa por ley”, consideró.
Sin embargo, en julio de 2010, esta misma Sala avaló la votación por la imagen de los candidatos en elecciones para la Asamblea Legislativa. El voto libre se definió en esa sentencia como “aquel que permite tener la libre capacidad de votar por unos (diputados) y rechazar otros”.
Pero “esto no puede ocurrir en una votación presidencial porque cada partido presenta una fórmula en la cual no hay contendientes dentro de un mismo partido o coaliciones de partido. Por lo tanto, votar por una bandera es votar por la fórmula y viceversa”, según los magistrados constitucionalistas.
Dentro del calendario electoral, el TSE adjudicará en los próximos días la impresión de las papeletas que se utilizarán en las elecciones presidenciales.