miércoles 30 de octubre del 2024

Multarán a conductores que no muevan vehículos después de un accidente

por Redacción


La modificación al artículo 176 del Reglamento General de Tránsito y Seguridad Vial tiene como objetivo disminuir el caos vehicular que se genera en las calles del país luego de un accidente.

Conductores de vehículos están obligados a mover sus carros luego de haber sufrido un accidente leve, de lo contrario serán multados con una infracción de $54.14, así lo establece la modificación reciente al Reglamento General de Tránsito y Seguridad Vial.

Hoy el Ministerio de Obras Públicas y el Viceministerio de Transporte dieron a conocer las reformas a dicho Reglamento vial.

Según lo que se establece en el artículo 176, «en caso de accidentes en los que solamente existan daños materiales, los vehículos involucrados deberán moverse de las posiciones en que hayan quedado para no obstruir la vía pública», por lo que los conductores tendrán que seguir tres pasos:

1. Tienes que tomar fotografías o video de los laterales del vehículo, parte frontal y trasera.

2. Luego debes mover tu vehículo a un lugar que no interfiera con la circulación vehicular del resto de conductores.

3. Si tienes seguro, llama a la aseguradora. En caso de no contar con una o no llegas a un acuerdo, llama a la Policía Nacional Civil (PNC).

“Es que normalmente cuando ocurre un accidente muchas personas esperan a la aseguradora o esperan a la PNC que haga el parte policial y no se movilizan”, dijo el ministro de Obras Públicas, Romeo Rodríguez y agregó que “el mismo accidente genera tráfico y complica aún más que puedan llegar a asistir”.

Por su parte, el presidente de SISA Seguros, Eduardo Montenegro, expresó su apoyo a la modificación del reglamento.

Montenegro expresó que «la modificación del artículo 176 del Reglamento General de Tránsito y Seguridad Vial nos permite modificar los protocolos a todas las aseguradoras, de manera de que sean congruentes con esta adecuada medida. Creemos que ayudará de forma significativa».