La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) avisó a la Fiscalía General de la República (FGR) que el Gobierno de Nayib Bukele desobedeció la resolución que le ordenó abstenerse de exigir como requisito de entrada a El Salvador una prueba negativa de Reacción en Cadena de Polimerasa (PCR).
Los delitos que los magistrados de la Sala consideraron cometidos son desobediencia, actos arbitrarios, coacción e incumplimiento de deberes.
En su resolución 167-2020 la Sala advirtió que coaccionar a las aerolíneas a impedir el abordaje a los pasajeros que no llevaran consigo la prueba negativa de coronavirus es una “forma fraudulenta” de evadir la orden de no exigirla a los salvadoreños y extranjeros que llegaran al país a través del aeropuerto monseñor Óscar Arnulfo Romero.
“Al no exceptuar de la disposición a salvadoreños y a extranjeros con residencia definitiva, se infringe la orden de este tribunal”, señalaron los magistrados. “Las autoridades implicadas pretendieron transferir a particulares el ejercicio de un acto de autoridad a fin de sortear la resolución judicial que suspendió los efectos de ese acto”, agregó.
Como responsables de esa orden la Sala señaló a Ricardo Cucalón, director general de Migración y Extranjería que cumple las órdenes de la junta directiva de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA).
Los magistrados recordaron que ningún funcionario está obligado a cumplir órdenes ilegales, por tanto, en caso de sí cumplirlas no estarán exentos de responsabilidad.
En sus cuentas de redes sociales el presidente Bukele respondió: “¿Y el derecho a viajar en un avión libre de COVID-19? Los derechos a la salud y a la vida del pueblo salvadoreño han sido violados reiteradamente por esta Sala. Habrá que certificarle eso al fiscal Raúl Melara también. Y en ese caso hay muertos, no solo personas enojadas”.
El 11 de septiembre CEPA divulgó una circular en la que advirtió que los pasajeros que llegaran a El Salvador a través del aeropuerto monseñor Óscar Arnulfo Romero debían llevar consigo los resultados negativos de la prueba PCR para comprobar que no están enfermos de coronavirus.
Un par de días después Francisco Alabí, ministro de Salud, aseguró que esa era una de las reglas que estaban impulsando otros países e intentó justificar: “nosotros también queremos dar seguridad a los nacionales y extranjeros que no vengan con esta enfermedad al país”.
El requisito entraría en plena vigencia el 19 de septiembre.
Sin embargo, cinco días después la Sala suspendió ese requisito considerando que “supondría una prohibición de ingreso para los connacionales”, es decir, implicaría “una restricción a su derecho fundamental de ingresar al territorio nacional”.