La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) decretó este viernes medida cautelar y suspendió provisionalmente la vigencia del Decreto Ejecutivo número 19, que emitió el Gobierno de Nayib Bukele en sustitución del cuestionado decreto número 18.
En su lugar, la Sala revivió el decreto 593 de la Emergencia Nacional que aprobó la Asamblea Legislativa para afrontar la pandemia del COVID-19, que venció el pasado sábado 16 sin que fuera renovado por los diputados. Este decreto estará vigente hasta el 29 de mayo a la espera de una nueva ley.
“Aclárese que hasta en sentencia esta sala se pronunciará sobre la constitucionalidad o no del Decreto n° 19”, dice la resolución de la Sala.
Ante esta situación la Sala de lo Constitucional hace un llamado para que “la Asamblea Legislativa y el Órgano Ejecutivo asuman con prontitud sus deberes y las demás competencias que la Constitución les atribuye, particularmente en relación con la protección de los derechos fundamentales”.
Mientras dure el decreto 593, el Órgano Ejecutivo y la Asamblea Legislativa «deben cumplir sus obligaciones constitucionales, procurando los consensos necesarios para la creación de una normativa que garantice los derechos fundamentales de los habitantes en esta pandemia», sostiene la Sala.
Aunque la Sala decretó esta medida, la cuarentena domiciliar sigue vigente para los ciudadanos y así evitar contagios de COVID-19.
Tras la resolución de la Sala, el secretario jurídico de la Presidencia, Conan Castro, reaccionó y aseguro que “queda vivo el decreto 593 que determina el Estado de Emergencia y todos los derechos contenidos en el mismo”.
«Recordemos que el Decreto Ejecutivo No 26 que determina la Cuarentena Obligatoria, continua en vigencia hasta el 6 de junio, incluye: Que el transporte público no seguirá operando. Que solo puede salir según su último dígito de su DUI en las fechas establecidas para tal efecto”, señaló Castro.
El decreto 593 que revivió la Sala fue aprobado el 14 de marzo de este año y expiró el pasado 16 de mayo. Este decreto da herramientas al Ministerio de Salud (MINSAL) para ejecutar las medidas necesarias para prevenir focos de contagio de la enfermedad.
Con este decreto el Gobierno puede limitar la concentración de personas, regular prohibir o suspender toda clase de espectáculos públicos y cualquier clase de reuniones o eventos que represente un riesgo para la salud.