La Sala de lo Constitucional ordenó al gobierno garantizar “condiciones dignas” en el centro de contención habilitado en el Hotel Izalco Cabaña Club. Esto luego que un ciudadano que se encuentra en ese albergue denunciara las condiciones en las que se encuentran.
Los magistrados de la Sala admitieron un recurso de hábeas corpus a favor del demandante, quien regresó a El Salvador el pasado 13 marzo proveniente de Panamá.
Al llegar al aeropuerto internacional Oscar Arnulfo Romero le informaron que debía guardar cuarentena por un periodo de 30 días. Inicialmente fue trasladado al albergue de la Villa Olímpica.
Ahí, según el demandante, estuvo con aproximadamente unas 215 personas procedentes de países como Italia, España y México. A todos los ubicaron en zonas comunes.
El demandante aseguró que el 26 de marzo fue trasladado al albergue habilitado en el Hotel Izalco Cabaña Club, en el departamento de La Paz.
De acuerdo con el demandante, en ese lugar no “se le permite acceder a medicamentos y equipos médicos para su padecimiento de salud de baja presión arterial”.
Además, asegura que “no se le proporciona dieta adecuada y se encuentra con problemas de ansiedad y estrés”.
Agrega que aún no le han dado el resultado del examen de COVID-19, pero que las autoridades de dicho centro les han manifestado que aunque el resultado sea negativo, el período se extenderá por un periodo indefinido.
Por todo eso, la Sala ordenó garantizar condiciones dignas en ese centro de cuarentena y evaluar si el demandante puede cumplir su cuarentena en su casa.
Los magistrados de la Sala recordaron que sigue vigente una medida cautelar que establece que no debe haber privados de libertad por violación de la cuarentena porque los derechos constitucionales pueden ser irrespetados.