La Sala de lo Constitucional ordenó a las autoridades de salud que determinen si tres parejas en un albergue de Ahuachapán y otro joven en una sede del INJUVE pueden cumplir el resto de su cuarentena en sus casas.
Esto debido a que la Sala les admitió dos recursos de hábeas corpus, en los cuales exponen que han sido afectados en sus derechos durante su estadía en sus respectivos centros de albergue.
Estas personas son parte de la población que volvió a El Salvador de otros países y que debe permanecer en albergues por 30 días, mientras se determina si está contagiada del coronavirus (COVID-19).
Uno de esos recursos lo interpusieron por vía electrónica tres parejas en el hotel Alicante de Ahuachapán y que tienen a sus hijos bajo el cuidado de otras personas. Ellos afirmaron que llevan 15 días sin que se les hagan pruebas del COVID-19.
Los magistrados ordenaron en las últimas horas que las seis personas sean evaluadas por el personal médico en los albergues y, de no tener síntomas o de no portar el virus, puedan continuar la cuarentena de forma domiciliar.
Lo mismo determinó la Sala para un joven que cumple la cuarentena en una sede del INJUVE. En ese sentido, se ordenó a las autoridades que “se le brinde asistencia médica y se evalúe la posibilidad de cumplir la medida en su domicilio”.
En los últimos días, la Sala de lo Constitucional ha aceptado varios recursos de personas en diferentes centros de contención, entre ellos, de individuos a los que no se les entregaron resultados de sus pruebas o que son población vulnerable por enfermedades crónicas.
La Sala también ordenó, el 27 de marzo pasado, que todas las personas retenidas en bartolinas por romper la cuarentena domiciliar fueran enviadas a sus hogares, tras admitir el hábeas corpus de tres mujeres en delegaciones policiales en Jiquilisco, Usulután.
Hasta este martes, el Gobierno tiene en centros de cuarentena a 4 mil 325 personas, incluyendo a 23 mujeres embarazadas y 177 menores de edad.