El Salvador
domingo 24 de noviembre de 2024

Abogado constitucionalista agradece a Sala por fallos que protegen derechos del pueblo

por Redacción


El abogado señaló que la Sala ha dicho que solo una “ley formal”, es decir, aprobada por la Asamblea Legislativa puede avalar la retención en centros de contención a quienes violen la cuarentena.

El abogado constitucionalista Enrique Anaya Barraza  le agradeció a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia por las resoluciones de hábeas corpus y amparos que ha resuelto en los últimos días en los que declara ilegal las detenciones de personas por violar la cuarentena domiciliar.

En un artículo titulado De nuevo… gracias, Sala, gracias y publicado en el blog  “Derecho Público en El Salvador”, Anaya Barraza criticó que el gobierno no haya acatado las resoluciones de la Sala de lo Constitucional.

“En efecto, una inhumana, inconstitucional e ilegal orden presidencial ha provocado que más de dos mil conciudadanos estén ilegalmente privados de libertad en supuestos centros de contención de la pandemia (de coronavirus), pero que en la realidad están operando como centros de contagio, pues así lo advirtió el Ministro de Justicia y Seguridad Pública”, señaló el abogado.

Anaya Barraza calificó de conducta “obscena” la orden presidencial de realizar retenciones de quienes violen la cuarentena domiciliar. Recordó que la Sala ha declarado en tres ocasiones que son ilegales.

El abogado señaló que la Sala ha dicho que solo una “ley formal”, es decir, aprobada por la Asamblea Legislativa puede avalar la retención en centros de contención a quienes violen la cuarentena.

“Cualquier intento de privación de libertad carente de base legal, de las personas que infrinjan la cuarentena domiciliaria, sustituyendo las palabras que regulen el internamiento sanitario forzoso por términos como retención, traslado, evaluación, localización y cualesquiera otra que utilicen las autoridades públicas, mientras no se regule esa forma de limitación de la libertad física en una ley formal carecería de legitimidad constitucional”, citó Anaya Barraza.

El abogado concluye diciendo que con esa resolución, la Sala de lo Constitucional “se coloca en el lado correcto de la historia” y agradece a los magistrados por su “valiente y acertado papel”.

El pasado miércoles, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) afirmó que no tienen validez los decretos Ejecutivos que el gobierno está utilizando para retener y llevar a centros de contención a las personas que violen la cuarentena.

“Los actos del Poder Ejecutivo como decretos o reglamentos no tienen validez alguna para limitar derechos fundamentales”, indicó la Sala en una resolución de seguimiento de los hábeas corpus donde se aclara que las retenciones realizadas por el gobierno son ilegales.

De acuerdo con los magistrados de la Sala de lo Constitucional, “solo una ley formal” podría autorizarle al gobierno realizar retenciones de salvadoreños que violen la cuarentena. Eso significa que solo un decreto aprobado por la Asamblea Legislativa podría dar esas atribuciones.

El Gobierno ha reiterado que algunos decretos Ejecutivos en el ramo de Salud Pública facultan a los cuerpos de seguridad realizar retenciones de quienes violen la cuarentena.

Sin embargo, la Sala invalidó esa postura y le ordenó al director de la Policía Nacional Civil, Mauricio Arriaza Chicas, al Ministro de la Defensa, René Merino Monroy, y al Ministerio de Salud, Francisco Alabi, elaborar en “el plazo máximo de cinco días hábiles” un registro de las personas privadas de libertad por violación a la cuarentena.

El asesor jurídico de la Presidencia, Javier Argueta, aseguró la semana pasada que la Asamblea Legislativa sí avaló poder llevar a centros de contención a las personas que rompan la cuarentena nacional.

El funcionario indicó que la Ley de Emergencia (en el artículo 2, letra C) establece que “cuando se encuentren sujetos sospechosos de contagio los tienen que llevar a un centro de cuarentena”.

Sin embargo, la Sala de lo Constitucional rechazó que referido artículo de la Ley de Emergencia “contenga en modo alguno la habilitación legal necesaria para aplicar el confinamiento o internamiento sanitario automático o forzoso”.

Minutos después que la Sala de lo Constitucional publicara su resolución, el presidente Nayib Bukele escribió en su Twitter que “NINGUNA resolución está por encima del derecho constitucional a la vida y salud del pueblo salvadoreño”.