El Salvador
miércoles 27 de noviembre de 2024
Nacionales

Declaran inconstitucional el impuesto a las operaciones financieras

por Redacción


La reforma solicitada en el inicio del gobierno de Sánchez Cerén fue aprobada el 31 de julio de 2014.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional la Ley del Impuesto a las Operaciones financieras que se aprobó el 31 de julio de 2014, dentro de un paquete de reformas que pretendían darle liquidez al gobierno de Salvador Sánchez Cerén, al inicio de su mandato.

Los magistrados de la Sala argumentaron que no existió la posibilidad real de deliberación y discusión parlamentaria sobre las reformas, lo cual contraviene el contenido del artículo 135 inciso 1° de la Constitución. El demandante de la inconstitucionalidad expuso que se vulneró el proceso de formación de ley, ya que no se realizó un esfuerzo transparente para permitir a todos los partidos conocer apropiada y oportunamente las piezas de correspondencia, no hubo apertura al debate sobre el contenido de cada decreto, no existió justificación de la dispensa de trámite por la que se aprobó cada uno de las reformas y no se discutió el contenido material de los proyectos en mención.

Esta ley se aprobó en la legislatura 2012-2015 con los votos de GANA y FMLN, que formaban una mayoría en la Asamblea Legislativa. Entre las principales reformas, se encuentra la de la renta mínima, que busca gravar con el 1% los activos de las empresas que generen más de $150,000 de ganancias anuales y el gravamen de  0.25% las operaciones financieras arriba de $1,000.

Pese a la declaratoria, la Sala dio vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018 para que la Ley continúe en funcionamiento, ya que consideró que esto podría afectar los compromisos presupuestarios del actual gobierno.

La resolución fue firmada por los magistrados Belarmino Jaime Flores, Rodolfo González, Florentín Meléndez y Sidney Blanco; en lo que representa una de sus últimas resoluciones antes de finalizar su gestión en julio próximo.