La Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitió un comunicado, con fecha 14 de mayo de 2018, en el que desmintió una serie de declaraciones brindadas por Rolando Castro, jefe de la Unidad de Plazas y Jardines de la Alcaldía Municipal de San Salvador.
El pasado 9 de mayo, un grupo de dirigentes de la Asociación Salvadoreña de Trabajadores Municipales (ASTRAM), encabezados por Rolando Castro, ofrecieron una conferencia de prensa en un hotel capitalino. En dicha conferencia, Rolando Castro y sus acompañantes aseguraron que el magistrado de la Corte Suprema de Justicia José Roberto Argueta habría favorecido indebidamente en ciertos fallos a la empresa Molinos de El Salvador S.A. de C.V. , de la cual es presidente y representante legal Adolfo “Fito” Salume.
Dicha falsedad es una acusación delicada en contra de un magistrado y es una clara difamación que afecta la honorabilidad del funcionario.
Castro dijo que este magistrado favoreció a Salume en dos ocasiones: en un proceso administrativo y en otro penal. Sin embargo, la Corte Suprema emitió un comunicado en el que desmiente las declaraciones brindadas por el empleado municipal.
Entre otras cosas detalla que Argueta fue electo magistrado en 2012. Pese a que la fecha no coincide con la resolución, Rolando Castro dice que el magistrado favoreció a Salume en una resolución de fecha 2001.
La Corte Suprema de Justicia agregó: “Que el aludido funcionario judicial (magistrado Argueta) no concurrió con su voto a la emisión de la sentencia 334/2008, de fecha 1 de diciembre de 2011, mediante la cual la Sala de lo Contencioso Administrativo declaró ilegal la sentencia dictada por la Superintendencia de Competencia que condenó a MOLSA al pago de una multa por fijación de precios; pues aún no había sido electo como Magistrado de la Corte Suprema de Justicia”.
En el comunicado también se establece que la resolución que la Sala de lo Penal emitió a favor de Salume fue unánime. Es decir, no fue una cosa elaborada exclusivamente por el magistrado Argueta.
“Que colegiadamente y por votación unánime, como magistrado integrante de la Sala de lo Penal pronunció sentencia en el caso 304C2015, de fecha 11 de mayo de 2016, mediante la cual se confirmó la decisión de la Cámara Tercera de lo Penal de la Primera Sección del Centro de revocar la condena dictada por el Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador”.
Es por eso que la Corte Suprema de Justicia exigió una aclaración de los hechos.
Rolando Castro: una red de corrupción
Rolando Castro es un personaje que presuntamente influye para favorecer en los múltiples negocios en la Alcaldía de San Salvador con las empresas que dirige y pertenecen al prófugo de la justicia Enrique Rais.
Uno de los negocios de la Alcaldía con serios conflictos de intereses para Rolando Castro son los negocios con la empresa Hydro Oil, cuyas acciones en un 99% pertenecen a Enrique Rais, la cual fue la ganadora de licitaciones para el suministro de combustibles que consume la Alcaldía de San Salvador durante tres años consecutivos como único ofertante. Es un hecho que llama la atención de Fundación Transparencia porque es conocido que en el país existen varias empresas muy competitivas que están en el negocio y normalmente bajo condiciones equitativas estarían ofertando grandes volúmenes que requiere la Alcaldía.
Según fuentes de la alcaldía, Hydro Oil participó en la gestión edilicia pasada en las licitaciones de la comuna de manera irregular en la gestión pública porque era el único oferente, maniobra que fue dirigida Rolando Castro.
Fundación Transparencia, asimismo, envió al alcalde de San Salvador Nayib Bukele y a su Concejo Municipal documentos que probarían la existencia de una amplia y profunda red de corrupción en la comuna capitalina.
Los documentos son una serie de listas de presuntas plazas fantasmas en el interior de la alcaldía y que estarían siendo pagadas con dinero público, es decir, con los impuestos que la municipalidad le cobra a los capitalinos.
El cabecilla de esa red de corrupción sería Rolando Castro.
A principios de marzo pasado, el presidente de Fundación Transparencia, Fito Salume, motivado por denuncias ciudadanas recibidas en la Fundación, públicamente denunció una serie de posibles ilícitos cometidos por Rolando Castro y solicitó, primero en privado y después de manera pública, al Alcalde y su Concejo que investigaran estos hechos.
Debido a que no pudo explicar ni aclarar dichos señalamientos, Rolando Castro se dedicó a lanzar una serie de ataques contra el presidente de Fundación Transparencia, además de aparecer en algunos medios de comunicación insultándolo y acusándolo de presuntos delitos. Además, generó desórdenes públicos para afectar a habitantes de San Salvador y empleados de empresas que dirige Salume.
El pasado 22 de marzo, Rolando Castro instigó públicamente a un grupo de miembros de ASTRAM para que protestaran frente a MOLSA. Las personas bloquearon las calles del Bulevar del Ejército y crearon un caos vehicular. La gente que transitaba por esas arterias se quejó porque les tocó caminar para llegar a sus trabajos. Otros llegaron tarde. Pero, además, los manifestantes intimidaron a los empleados de MOLSA. Por eso, Salume aseguró que lo demandará penalmente.
Rolando Castro se molestó a raíz de una denuncia que Fundación Transparencia hiciera pública a través de distintos medios de comunicación en los que denunciaba posibles actos de corrupción de Castro.
Según Salume, la Fiscalía General de la República ya está notificada de los delitos de desórdenes públicos cometidos por Rolando Castro. El artículo 348 del Código Penal establece que el delito de desórdenes públicos se configura “cuando dos o más personas alteran el orden público obstaculizando las vías públicas o los accesos a las mismas para los que por ellas circulen o impidiéndoles la libre circulación o tránsito o invadiendo instalaciones o edificios serán sancionados con prisión de dos a cuatro años”.
Además el delito aplica cuando los hechos son cometidos o instigados por un funcionario o autoridad pública. En ese caso, además de la pena de prisión, se inhabilitará o suspenderá del cargo público.
Adicionalmente, Salume confirmó que se ha presentado una demanda en contra de Rolando Castro por el delito de calumnia, pues en diversos medios de comunicación y en redes sociales ha afirmado cosas que no puede probar.
El artículo 177 del Código Penal establece que el delito de calumnia se le imputa al que “atribuyere falsamente a una persona la comisión de un delito o la participación en el mismo, será sancionado con prisión de uno a tres años”.
Además, la calumnia realizada con publicidad es sancionada con prisión de dos a cuatro años y las calumnias reiteradas contra una misma persona son sancionadas con prisión de dos a cuatro años y multa de cincuenta a cien días multa.