La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió una demanda de inconstitucionalidad contra la elección de los magistrados propietarios y suplentes de la Corte de Cuentas de la República.
Con dicha admisión, los magistrados de la Sala verificarán si la Asamblea Legislativa documentó y argumentó con objetividad la honradez, cualificación técnica y profesional y no afiliación partidaria de las personas designadas en tales cargos.
Según los demandantes, no existe ningún tipo de explicación sobre cómo la comisión Política de la Asamblea Legislativa consideró que las personas electas reunían los estándares más elevados de moralidad y competencia notoria, en comparación con el resto de candidatos que postularon para dichos cargos, ni cómo lograron evidenciar la desvinculación partidaria en los funcionarios electos.
Argumentan, además, que el dictamen no dice nada de los resultados concretos de las entrevistas. Tampoco explica cuáles son las razones que pesaron para elegir a unos candidatos en detrimento de otros, ni de qué manera probaron que no existían vínculos partidarios.
La Sala estableció que la demanda cumple con los requisitos para ser admitida y otorgó a la Asamblea Legislativa un plazo de diez días hábiles para que justifique la constitucionalidad de la elección.
Asimismo, dio un plazo de cinco días hábiles a Carmen Elena Rivas Landaverde, María del Carmen Martínez Barahona, Roberto Antonio Anzora Quiroz, Nolberto Osmín Cunza López y Patricia Lissete Bardales Osegueda, en sus calidades de presidenta, primera magistrada, segundo magistrado y magistrados suplentes de la CCR, respectivamente, para que se pronuncien sobre la demanda.
La resolución de admisión fue firmada el miércoles pasado por los magistrados José Óscar Pineda Navas, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco y Sonia Barillas de Segovia.