La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia suspendió la entrada en vigencia de las reformas a la Ley de Extinción de Dominio aprobadas el 18 de julio por la Asamblea Legislativa.
Dichas reformas estaban encaminadas a modificar la forma en como las instituciones aplicadoras de justicia venían incautando y trasladando al Estado bienes y patrimonios de grupos delictivos.
En la resolución firmada este viernes, la Sala argumentó que dichas reformas alteran el análisis de la demanda de inconstitucionalidad en torno a la Ley, en el sentido que en muchos casos establecen regulaciones opuestas a las que se encontraban vigentes en el momento de la presentación de la demanda.
Además señaló que la aprobación de las reformas podrían anular el deber institucional de combatir la corrupción y permitirían la legitimación o protección de la adquisición de bienes por medios ilícitos o la destinación de los mismos a fines que no sean lícitos.
«Esto implicaría una violación a la Constitución y a las prescripciones de orden internacional contenidas en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas –vigentes en el país–, así como a principios del Derecho Internacional Público», enfatizó la Sala en un comunicado.
Las reformas fueron aprobadas en la Asamblea Legislativa el pasado 18 de junio con los votos de 43 diputados, provenientes principalmente de las fracciones de GANA y FMLN. La fracción de ARENA, aun cuando fue mocionante de las reformas, terminó no votando por las mismas al denunciar un «combo legislativo» en el que la fracción oficialista obtuvo apoyo de GANA para reformar el Fideicomiso de Operaciones Previsionales (FOP).
Dicha reforma también fue detenida en resolución por la Sala de lo Constitucional, la cual avivó la indignación del gobierno y sectores simpatizantes al oficialismo.
Previo al anuncio de la Sala, el presidente Salvador Sánchez Cerén informó que sancionaría las reformas al considerar que no reñían con la Constitución.
La intención de la Asamblea de reformar esa ley fue criticada en varias ocasiones por el fiscal general Douglas Meléndez y la embajadora estadounidense Jean Manes. Esta última señaló que las reformas suponen un retroceso en la lucha contra la corrupción.
De acuerdo con informes enviados por la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia a la Corte Plena, a los cuales tuvo acceso la Revista Factum, dentro de los 43 diputados que votaron para avalar las reformas a la Ley de Extinción de Dominio se encuentran 37 que actualmente son investigados por Probidad para determinar posibles irregularidades en su incremento patrimonial.
Entre estos 37 diputados podemos encontrar a cinco de los mocionantes de las reformas, como René Portillo Cuadra de ARENA y Jackeline Rivera del FMLN. En un principio estos diputados propusieron reformar el artículo 76 de la ley, para darle esta redacción: “los bienes objeto de medida cautelar podrán pasar a la administración del CONAB (Consejo Nacional de Administración de Bienes) siempre y cuando no haya oposición del titular”.
Las reformas finalmente se enfocaron en más artículos de la Ley, entre estas se encuentran que los bienes estarán en depósito mientras se realiza el proceso judicial contra los imputados y el Consejo Nacional de Administración de Bienes (CONAB) podrá administrar esos inmuebles solo si existe justificación suficiente.