El Salvador
domingo 24 de noviembre de 2024

Sala declara inconstitucional el transfugismo en concejos municipales

por Israel Serrano


La Sala de lo Constitucional determinó que cambiarse de partido político constituye un fraude electoral contra los ciudadanos.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional el transfugismo en los concejos municipales del país y ordenó a la Asamblea Legislativa emitir reformas al Código Electoral que garanticen el respeto a la voluntad popular en las urnas.

Dicha dependencia de la CSJ emitió una sentencia en 2014 en la cual declaró inconstitucional el transfugismo de diputados a otros partidos políticos, resolución que aplica para las 262 alcaldías del territorio nacional.

«Los representantes electos de una lista de un partido político, que lo abandonan voluntariamente para declararse independientes o para constituir o ingresar a otro distinto, provocan un fraude a la voluntad de los electores y desconocen el compromiso ideológico adquirido con estos; además, inciden arbitrariamente en la configuración interna de los órganos de representación política, al debilitar una posición jurídico-política electoral», expresó la Sala de lo Constitucional en un comunicado de prensa.

«En la sentencia se señala que la Asamblea Legislativa debe emitir la normativa pertinente o adecuar la ya existente para prohibir toda conducta que constituya transfuguismo político o fraude a los electores en el ámbito de los concejos municipales, especificando las consecuencias para los funcionarios que incurran en las mismas», reitera el documento.

La sentencia fue firmada por la unanimidad de los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional; es decir, Oscar Pineda Navas, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco y Rodolfo González.