La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó a la presidencia de la República publicar los gastos en publicidad y los viajes que el expresidente Mauricio Funes y su exesposa Vanda Pignato realizaron durante su gestión frente al Ejecutivo.
La sentencia de la Sala de lo Constitucional establece que la población tiene derecho a conocer cómo son usados los impuestos. La información de publicidad y viajes de la pareja presidencial habían sido calificados como reservados.
«La Sala de lo Constitucional ordenó a la Presidencia de la República que publique la lista de viajes internacionales realizados con fondos públicos por el presidente de la República y la Primera Dama , conjunta o separadamente, durante el periodo comprendido que ocuparon sus cargos», expresa el comunicado de dicha dependencia de la CSJ.
Los magistrados aclaran que la información debe contener quiénes los acompañaron en los viajes, destinos, valor del pasaje aéreo, viáticos asignados y cualquier otro gasto.
Asimismo, la Sala ordena a la presidencia de Salvador Sánchez Cerén revelar los gastos en actividades protocolarias realizadas en el marco de visita de funcionarios extranjeros, lo anterior, en respuesta a una solicitud de información realizada por un ciudadano y el derecho de la población de estar informada de cómo se usan sus impuestos.
«Los términos de de la reserva de información antes descrita vulneran los derechos a la protección no jurisdiccional y al acceso a la información pública», reiteró la Sala de lo Constitucional en un comunicado de prensa.
Los magistrados consideraron que publicar los viajes que el exmandatario y su exesposa realizaron no vulnera la seguridad de los mismos, como lo aseguró Casa Presidencial, ya que solamente se busca justiciar las ausencias de los funcionarios del territorio nacional.
«Se advierte que la información sobre los viajes efectuados para cumplir misiones oficiales y gastos en los que se haya incurrido en ocasión de las mismas no implica per se un riesgo para la seguridad de estos, pues la misma no tiene como finalidad publicitar o exponer los planes adoptados para resguardar su vida e integridad», expresa el comunicado.
Asimismo, la Sala de lo Constitucional aclara que no debe malinterpretarse el artículo 158 de la Constitución que establece que el presidente de la República deberá pedir permiso a la Asamblea Legislativa para salir del país, y desde hoy, establece que el mandatario deberá pedir autorización para salir del país en cada viaje que realice.
“A partir de la presente sentencia, la Asamblea Legislativa deberá exigir al Presidente de la República que, previo a cada viaje fuera del territorio nacional, solicite autorización y ratifique personalmente dicha petición ante ella. El Presidente debe comunicar a la Asamblea Legislativa, con antelación, su decisión de ausentarse del país y explicitar los motivos de su salida, que podrían ser el cumplimiento de una misión oficial o un viaje de carácter privado”, expresaron los magistrados.
La sentencia establece que si el mandatario no solicita autorización a la Asamblea Legislativa para salir del país, se podría considerar como un «abandono de las funciones».
La Sala de lo Constitucional da un plazo a la Presidencia de 15 días, después de ser notificada, para publicar la información de los viajes de Mauricio Funes, su exesposa y los gastos en publicidad en su gobierno. Además establece que el Ejecutivo no podrá reservar este tipo de información en el presente o en el futuro.