El Salvador
sábado 23 de noviembre de 2024

Corte ratifica y deja firme sentencia a favor de Adolfo Salume Artiñano y Lafitte Fernández

por Redacción


Barack Obama informó al Congreso estadounidense sobre tres extranjeros relacionados con el tráfico de droga en América Latina. Adán Salazar Umaña, conocido como Chepe Diablo, es uno de ellos.

En una resolución de fecha 12 de agosto de 2016, la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, ante un recurso de revocatoria presentado por representantes legales de Wilfredo Guerra, mantiene en firme la resolución de la Cámara Tercera de lo Penal de San Salvador que absolvió de toda responsabilidad penal y civil al empresario y al periodista.

La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la resolución de la Cámara Tercera de lo Penal de San Salvador a través de la cual absolvió de toda responsabilidad penal y civil al empresario Adolfo Salume Artiñano y al periodista Lafitte Fernández en el caso de calumnia denunciado por Juan Umaña Samayoa y Wilfredo Guerra Umaña.

Ante un escrito presentado por Juan Carlos Borja y Omar Franklin Barrera Flores, representantes de Wilfredo Guerra, presidente de Gumarsal, la Sala de lo Penal resolvió “inadmítese el recurso de revocatoria” interpuesto por los referidos abogados.

El 19 de agosto de 2015, la Cámara Tercera de lo Penal de San Salvador absolvió de toda responsabilidad penal y civil al empresario Adolfo Salume y a los periodistas Lafitte Fernández y Heydi Vargas en el caso de calumnia denunciado por Juan Umaña Samayoa y Wilfredo Guerra Umaña.

En la resolución, la Cámara revocó “la sentencia definitiva condenatoria dictada por el Tribunal Sexto de Sentencia en contra de Lafitte Fernández, Heydi Vargas y Adolfo Salume”.

Además, absolvió “de toda responsabilidad penal y civil” al empresario y los citados periodistas del “ilícito penal de calumnia” en perjuicio de Umaña Samyoa y Guerra Umaña.

La Cámara también resolvió que “cesen los efectos restrictivos derivados de la sentencia condenatoria”.

El juez Sexto de Sentencia, Rolando Corcio, condenó a los periodistas Fernández y Vargas, y al empresario Salume por el delito de calumnia.
Los tres fueron acusados en un tribunal de justicia, en abril de 2014, por Juan Umaña Samayoa, alcalde de Metapán, y su hijo Wilfredo Guerra Umaña, presidente de Gumarsal.

Los acusadores consideraron que habían sido calumniados en tres campos pagados publicados en periódicos nacionales, en donde se le pide a la Fiscalía General de la República (FGR) que investigue a una estructura de crimen organizado denominada “Cártel de Texis”, dada a conocer en un reportaje publicado en mayo de 2011 en el periódico digital El Faro.net.

Entre los argumentos esgrimidos por el juez estaba que, según la declaración del testigo Óscar Martínez, periodista de El Faro, en sus reportajes jamás se menciona a los acusadores como autores de hechos ilícitos. Esto a pesar que en algunos de los reportajes de El Faro sí se le atribuyen delitos al alcalde de Metapán Juan Umaña Samayoa, uno de los denunciantes.

“Un prominente funcionario de la Policía nos confirmó que José Adán Salazar Umaña, Roberto Antonio Herrera y el alcalde de Metapán (Juan Umaña Samayoa) dirigen actividades delictivas”, dice uno de los párrafos del reportaje de El Faro denominado El Cártel de Texis.

Incluso, fue el mismo periodista Martínez quien reconoció ante el juez que ese reportaje había sido escrito por él, en coautoría con otros compañeros del periódico digital para el que trabaja. En su declaración, el periodista afirmó que la información era veraz y confirmada, basada en una investigación.

En su resolución, la Cámara argumentó que el Juez del Tribunal Sexto de Sentencia no valoró de forma integral la prueba presentada por los abogados defensores en el juicio.

Además, los magistrados de la Cámara exponen que el texto de los comunicados no eran aseveraciones directas, si no que únicamente citas textuales de la investigación de El Faro.net.

“En el ilícito penal de la calumnia, la acción consiste en imputar falsamente un delito a otra persona (…) Por lo tanto, es necesario que concurriera el dolo por parte de los incoados, es decir, querer y saber, intención y propósito de querer dañar la imagen o reputación del sujeto pasivo del delito en total desprecio de la verdad . (Pero), los comunicados o publicaciones que se les atribuye la autoría a los imputados, citan de forma reiterada la investigación periodística del Periódico Digital El Faro, información que esta Cámara advierte que no es posible reprochar a otras personas que no sean los periodistas responsables de las mismas. En ese aspecto, se determina que no puede afirmarse que los acusados tuvieran conocimiento que dicha información fuese falsa, requisito que es indispensable y de suma importancia para poder atribuir el delito de calumnia a una persona”, dice el fallo.

Luego se agrega que “en el reportaje publicado en el periódico Digital El Faro de fecha 16 de mayo de 2011, titulado bajo el nombre El Cártel de Texis, del cual se hace referencia en la publicación, se corrobora que la información contenida en este hace alusión expresa de quienes son ‘los principales y más activos miembros del Cártel de Texis: Chepe Diablo, el alcalde de Metapán y el El Burro…’ Así también que ‘los señalados como cabecillas del cártel son empresarios metidos en el mercado de granos, en la ganadería, dirigentes de fútbol y dueños de hoteles’. De lo anterior se extrae que la imputación del ilícito penal atribuido a las víctimas no es creación o invención de los incoados, por ese motivo no puede ser reprochable a estos (acusados) su veracidad, es decir que no se ha demostrado que fue de forma dolosa, con total desprecio de la verdad y con el ánimo o intención de dañar la imagen, honor y reputación de las víctimas”.

El 30 de mayo de 2014, José Adán Salazar Umaña, conocido como “Chepe Diablo”, fue designado como cabecilla del narcotráfico por Estados Unidos.

En una carta enviada por el presidente de la nación norteamericana, Barack Obama, al Congreso estadounidense, informó sobre tres extranjeros relacionados con el tráfico de droga en América Latina.

Además de Adán Salazar, fueron mencionados Francisco de Fatima Frederico Barros, de Cabo Verde, y Victor Ramón Navarro Cerrano, de origen colombiano.

Adán Salazar es un hombre de unos 65 años de edad y es conocido como “Chepe Diablo”. Es señalado como uno de los cabecillas del Cártel de Texis, según una publicación del periódico El Faro. Es dueño de al menos 14 gasolineras y empresario hotelero.

Inició en el mundo de los negocios cuando era joven. Se dedicaba a comprar y vender quetzales en la frontera con Guatemala. Luego estableció una casa de cambio y se dedicó a ser el cambista de Pablo Tesak, uno de los propietarios de industrias Diana.

Tiempo después se dedicó a montar una cadena de hoteles en el país. Esta empresa aglutina cuatro hoteles de ciudad y dos de playa.

Junto a Juan Samayoa (alcalde de Metapán acusado de evasión) montó hace varios años una empresa de granos. Al poco tiempo endosó las acciones a su amigo y se dedicó a otros negocios.

Juan Umaña Samayoa es alcalde de Metapán desde 2006 y, según diferentes investigaciones realizadas por el Estado, también es señalado como uno de los líderes de El Cártel de Texis. En los años que lleva como alcalde le han asesinado a dos de sus síndicos.

El alcalde metapaneco es padre de Wilfredo Guerra Umaña, quien es presidente de Agroindustrias Gumarsal (distribuidor de frijoles y arroz) y de Molinos San Juan (que distribuye harina de trigo). En una entrevista, Guerra dijo que consideraba a Salazar “su segundo padre”.