La Sala de lo Constitucional admitió una demanda en contra de la resolución emitida por el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) por la reserva absoluta sobre la información de los viajes efectuados por el expresidente de la República Mauricio Funes y la exprimera dama Vanda Pignato en misiones oficiales.
En resolución firmada este miércoles, la Sala también admitió la demanda en contra de la resolución emitida por el IAIP por la reserva de información de los servicios de las agencias de publicidad para el diseño, producción e implementación de campañas para el año 2010 y sus prórrogas.
La demanda señala que el IAIP catalogó como información reservada la referente a la publicidad, esto en atención a la libre competencia y el riesgo de colusión. Asimismo, definió la reserva absoluta sobre la información de gastos de viaje efectuados por el expresidente de la República y la primera dama.
El demandante afirma que los términos de la reserva de la información antes descrita vulneran los derechos a la protección no jurisdiccional y al acceso a la información pública; esto, sosteniendo que de acuerdo al artículo 10 de la Ley de Acceso a la Información Pública dicha información no es solo pública, sino que, en algunos casos, de naturaleza oficiosa.
La Sala consideró que la demanda de amparo cumple con los requisitos mínimos de admisibilidad y procedencia, y ordenó como medida cautelar que la Presidencia de la República y el IAIP adopten medidas especiales de resguardo y copia de seguridad de los servicios de las agencias de publicidad para el diseño, producción e implementación de campañas, para el año 2010 y sus prórrogas.
También de aquella información relativa a los viajes –incluyendo la logística de seguridad y transporte– efectuados por el expresidente de la República y la primera dama, en misiones internacionales durante el período comprendido del 1-VI-2009 al 31-V-2014, así como toda la información concerniente a las actividades protocolarias de alimentación, transporte y estadía de los funcionarios internacionales que visitaron El Salvador en el mismo período.
Además, deben remitir una copia de dicha información a la Sala, para que sea resguardada mientras dure la tramitación del presente proceso.
La resolución de admisión fue firmada por los magistrados Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y Eliseo Ortiz.