Por infringir la Ley de Competencia, las aseguradoras Asesuisa Vida, Sisa Vida y AIG Vida fueron sancionadas por la Superintendencia de Compentencia (SC) al haber manipulado las licitaciones de contratación del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) convocados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) Crecer y Confía.
Las acciones anticompetitivas de las aseguradoras, según explicó la SC este jueves, consistió en la manipulación y supresión de ofertas para repartirse el mercado en las licitaciones que realizaban las AFP para contratar el SIS, a modo que cada póliza licitada fuesen adjudicadas a la aseguradora perteneciente al mismo grupo económico de las administradoras de pensiones.
Luego de una investigación, la Superintendencia habría detectado que las aseguradoras manipularon la presentación de sus ofertas. Estas ofertas fueron “inusualmente similares o sin fundamento económico” y con patrones atípicos de precios diferenciados.
Las multas impuestas por la SC para Sisa Vida es $1,469,973.09, para Asesuisa Vida $1,365,364.56 y para AIG Vida $590,495.58, que asciende al 1.2% de las ventas totales del ejercicio fiscal 2014.
Asesuisa Vida S.A. rechazó la resolución y argumentó que el mecanismo de oferta de ASESUISA a ambas AFP se da a través de un análisis técnico de las características particulares de la cartera de cotizantes, lo que haría que las ofertas sean diferenciadas.
“A pesar de que presentamos importante documentación que demuestra que hemos actuado con respeto por los mecanismos de supervisión y por el marco legal regulatorio coordinado por la Superintendencia de Pensiones, la Superintendencia de Competencia emitió su resolución con base en indicios, y no con base en pruebas sustentables, tal como la misma resolución lo expresa”, expuso Asesuisa a través de un comunicado.
La aseguradora defendió los procesos de licitación en los que ha participado y, por ello, sostuvo que acudirá a las instancias judiciales correspondientes para “fundamentar las inconsistencias que de acuerdo a nuestro análisis jurídico presenta esta resolución, y así continuar la discusión jurídica del proceso”.
Sin embargo, la SC fue tajante en la resolución y pidió a las aseguradoras sancionadas “abstenerse de realizar la conducta comprobada y declarada como práctica anticompetitiva en las próximas y futuras licitaciones públicas convocadas por las AFP para la contratación del SIS”. Caso contrario, advirtió sobre posibles medidas sancionatorias a futuro.
Pese a que las prácticas anticompetitivas no tuvo consecuencias en las cuentas individuales de los afiliados a las AFP, la SC determinó que sí afectaron a los beneficiarios del SIS, que son los afiliados de las AFP, quienes han adquirido una póliza contratada a tasas superiores, producto de la manipulación de las licitaciones, ocasionando un daño a la eficiencia económica del mercado y a “la óptima utilización de los recursos en la prestación de un servicio de carácter público y obligatorio, categorías constitucionalmente protegidas”.