El Salvador
sábado 30 de noviembre de 2024
Nacionales

Quijano faltó a recomendación de CIDH al nombrar calle Mayor Roberto d’Aubuisson

por Redacción


De acuerdo con una resolución de la PDDH, el alcalde Norman Quijano faltó a la recomendación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que establece no rendir homenajes a los señalados en el crimen de monseñor Romero.

La Procuraduría de Derechos Humanos (PDDH) emitió una resolución este miércoles en la que establece violación de derechos «al debido proceso y la verdad» por cambio de nombre de calle San Antonio Abad a Mayor Roberto d’Aubuisson.

De acuerdo con la resolución, el alcalde capitalino, Norman Quijano, faltó a la recomendación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a que no se deben rendir homenajes a los señalados responsables del crimen de monseñor Óscar Arnulfo Romero.

En noviembre del año pasado, Norman Quijano, informó que la calle San Antonio Abad pasaría a bautizarse con el nombre del fundador del partido ARENA, Mayor Roberto d’Aubuisson.

Aseguró que la razón principal es que d’Aubuisson fue el presidente de la Asamblea Consituyente, que en 1983 habrían dado vida a la Constitución de la República actual.

“Él presidió la Asamblea Constituyente que le dio vida a esta Constitución que rige el destino del país y es motivo suficiente para perpetuar su memoria en una de las arterias importantes de la capital”, justificó Quijano en esa ocasión.

Asimismo, informó que esta decisión se habría tomado por unanimidad dentro del Concejo Municipal capitalino.

La resolución del Procurador también establece que por existir un antecedente en el municipio de Antiguo Cuscatlán, en los que una plaza y una calle están denominadas con el nombre del Mayor Roberto d’Aubuisson Arrieta, la alcaldesa y el concejo municipal de Antiguo Cuscatlán, han incurrido en la violación de derechos humanos.

El Procurador, en el ejercicio de las facultades que le asisten, solicitó informe a las municipalidades respectivas sobre los motivos, base legal y parámetros utilizados para adoptar tales decisiones y si para ello se tomó en cuenta lo resuelto por la CIDH en el caso del magnicidio de Monseñor Oscar Arnulfo Romero y Galdámez.