El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador condenó a 48 jornadas de trabajos de utilidad pública a la profesora Cecilia Esmeralda Villeda, quien fue encontrada culpable del delito de maltrato infantil en perjuicio de un menor. La pena fue sustituida de un año de cárcel a trabajo social.
El maltrato infantil está sancionado en el artículo 204 del Código Penal, en perjuicio de los derechos y deberes de un menor de edad.
Las pruebas presentadas por los ofendidos (testimoniales, periciales, documentales) fueron suficientes para determinar el hecho de maltrato infantil.
La denuncia fue presentada el 14 de mayo de 2012 por la madre del menor quien manifiesta que su hijo estudiaba en un colegio privado de San Salvador y una noche el niño despertó alterado con una pesadilla gritando “no señorita, no señorita”.
El menor no quería ir al colegio y le dijo a la madre que prefería morirse antes que ir, porque su profesora lo trataba mal.
Según el testimonio del pequeño, la maestra lo agredía verbalmente y lo llevaba sin motivo alguno a la dirección, además le movía el pupitre, no le permitía ir al baño y cuando se orinaba en la ropa se burlaba.
Los dictámenes psicológicos y sociales confirmaron el maltrato que recibió el menor por parte de la maestra, ya que estaba estigmatizado y se percibe inseguro.