El ministro de Seguridad Pública, Ricardo Perdomo, dijo este miércoles que la Policía Nacional Civil (PNC) y la Fiscalía General de la República (FGR) acordaron aplicar la ley antiterrorista a todos aquellos que atenten contra policías y miembros de la Fuerza Armada.
La Fiscalía evaluará cada caso de violencia, ya que la referida ley es amplia y no necesariamente se aplicará en delitos contra policías y militares, sino también en hechos contra la población civil, afirmó Perdomo.
En conferencia de prensa, el ministro de Seguridad condenó “el plan de ataque criminal ordenado por los jefes de la pandilla 18 revolucionarios en contra de policía y militares, de pandilleros MS y la 18 sureños, así como en contra de la población honrada y trabajadora de nuestro país”.
Según el funcionario, estos planes criminales han producido una elevación de los homicidios y una cadena de venganza y violencia que “obliga a una respuesta unida y coordinada del Estado y de todos los sectores económicos, políticos, sociales, religiosos y culturales del país”.
La respuesta debe ser un esfuerzo integral, para prevenir que más jóvenes caigan en la garras de las organizaciones criminales y, por el otro lado, la aplicación del rigor de la represión para la justa aplicación de la ley a todos aquellos que la violen y sigan atacando a la población, subrayó.
La Policía tiene la obligación de aplicar la ley y defender a la población honrada. “La Policía y la Fiscalía estamos trabajando en forma coordinada para llevar a la justicia a los delincuentes miembros de organizaciones criminales, narcotraficantes, robacarros, contrabandistas y delincuentes en general.”, dijo el ministro Perdomo.
“Hemos acordado con el Fiscal General de la República utilizar las herramientas legales existentes, como es la Ley Antiterrorista para defender a policías, militares y a la población trabajadora y honrada de nuestro país”, afirmó el funcionario.
Ricardo Perdomo sostuvo que la ley antiterrorista ha sido reformada en dos ocasiones, una de ellas durante el presente gobierno.
Una de las modificaciones establece que las sanciones para el que utilizare, activare, detonare armas de fuego, artefactos, sustancias inflamables… en lugares públicos, unidades de transporte de pasajeros, terminales de transporte, instalaciones públicas, militares o policiales, provocando la muerte o lesiones físicas o psicológicas de una o más personas, será sancionado con prisión 40 a 60 años, detalló.
La ley antiterrorista, en su artículo 4 define a las organizaciones terroristas como aquellas “agrupaciones provistas de ciertas estructuras de las que nacen vínculos en alguna medida estables o permanentes, con jerarquía y disciplina, y con medios idóneos, pretenden la utilización de métodos violentos o inhumanos, con la finalidad expresa de infundir terror, inseguridad o alarma entre la población”.