El Salvador
martes 19 de noviembre de 2024

Víctimas piden a la CorteIDH impedir la liberación de Fujimori en Perú

por Redacción


Fujimori fue condenado en 2009 a 25 años de cárcel por la autoría mediata (con dominio del hecho) de las matanzas de La Cantuta y Barrios Altos, en las que murieron 25 personas, y el secuestro de un periodista y un empresario en 1992.

Organizaciones y víctimas de violaciones a los derechos humanos solicitaron este viernes a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que garantice el derecho al acceso a la justicia e impida la liberación de prisión del expresidente peruano Alberto Fujimori.

«Queremos que la Corte Interamericana nos garantice el derecho a la justicia que hemos conseguido con protestas y movilizaciones y que se pronuncie firmemente sobre las medidas que necesitamos para garantizar la justicia y sobre el indulto indebido» concedido a Fujimori, declaró Gisela Ortiz, víctima de un caso de violación a los derechos humanos, en una audiencia virtual ante la CorteIDH.

El Tribunal Constitucional (TC) de Perú admitió un habeas corpus que restituyó este mes el indulto humanitario otorgado a Fujimori en 2017 por el entonces presidente, Pedro Pablo Kuczynski.

A raíz de ese fallo del TC, la defensa y familia de Fujimori, de 83 años, estaban a la expectativa de completar los trámites judiciales para obtener su excarcelación, pero la CorteIDH requirió al Estado peruano que se abstenga de liberarlo, hasta que resuelva las medidas provisionales solicitadas por los familiares de las víctimas.

Esas medidas provisionales son las que se analizaron en la audiencia de este viernes, convocada de emergencia por la CorteIDH, tribunal con sede en Costa Rica, y por las que los jueces emitirán una resolución próximamente.

«No se nos preguntó si se ha cumplido con el reconocimiento al gran daño que se nos ha causado, todavía tenemos familiares desaparecidos. No es posible que el Estado peruano no sea capaz de garantizar el derecho», declaró Ortiz, quien subrayó que «el Tribunal Constitucional no puede regalar un indulto».

Los representantes de las víctimas de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, casos juzgados por la CorteIDH en 2001 y 2006, pidieron al tribunal continental que conceda las medidas provisionales para evitar daños al derecho de acceso a las justicia para las víctimas.

Los argumentos de los representantes señalan que el indulto contraviene las sentencias de fondo de ambos casos y que carece de efecto jurídico.

Ante ello, solicitaron a la CorteIDH que ordene al Estado peruano que se abstenga de ejecutar la liberación de Fujimori y que cese todo acto destinado a impedir el cumplimiento de las sentencias.

Fujimori fue condenado en 2009 a 25 años de cárcel por la autoría mediata (con dominio del hecho) de las matanzas de La Cantuta y Barrios Altos, en las que murieron 25 personas, y el secuestro de un periodista y un empresario en 1992.

La Corte Interamericana también condenó a Perú en 2001 por el caso Barrios Altos y en 2006 por el de La Cantuta, y ordenó al Estado castigar a los responsables.

El Estado estuvo representado en la audiencia por el procurador público especializado supranacional, Carlos Reaño, y el procurador público adjunto especializado supranacional, Carlos Llaja.

Reaño dijo que el Estado peruano «reconoce la competencia de la Corte Interamericana» y afirmó que el presidente del país, Pedro Castillo, envió un oficio al tribunal en el que se solidariza con las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos y que «se compromete a cumplir las resoluciones de la Corte Interamericana en este caso».

El procurador comentó que el Tribunal Constitucional peruano goza de «autonomía» y sus decisiones son de última instancia, pero reconoció que sus decisiones «no pueden ser excluidas de control» de la Corte Interamericana.

En la audiencia también expuso la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a través de su vicepresidente, Edgar Stuardo Ralón, quien recordó que los casos de La Cantuta y Barrios Altos fueron juzgados como delitos de lesa humanidad y que la CorteIDH ordenó sancionar a los responsables.

El representante de la CIDH, órgano que presenta las demandas ante la CorteIDH, aseguró que el indulto es «discrecional» y que, de ser liberado Fujimori, se causaría «un daño irreparable» y una «vulneración permanente» al derecho al acceso a la justicia de las víctimas.

La decisión del Tribunal Constitucional peruano a favor del indulto «desacata lo indicado por la Corte Interamericana y manda un mensaje de impunidad hacia las más graves violaciones de derechos humanos que afecta a la sociedad peruana y manda un mensaje de permisividad al resto de operadores de justicia en caso de desacato», concluyó Ralón.