El Salvador
domingo 24 de noviembre de 2024

Presidente de Portugal veta leyes de autodeterminación de género en escuelas

por Redacción


También vetó otra norma que permitía escoger un nombre neutro sin identificarlo como masculino o femenino.

El presidente de Portugal, Marcelo Rebelo de Sousa, vetó este lunes una ley con medidas para que las escuelas garantizasen la autodeterminación de la identidad y expresión de género de sus alumnos y otra norma que permitía escoger un nombre neutro sin identificarlo como masculino o femenino.

Los dos vetos, que obligan al Parlamento a retomar estas leyes en la próxima legislatura porque actualmente ya se encuentra en funciones a la espera de las elecciones anticipadas del 10 de marzo, fueron anunciados en una nota en la página web de Presidencia.

El conservador Rebelo de Sousa vetó una ley con medidas para que las escuelas garanticen la autodeterminación de género de sus alumnos, como acciones formativas para la comunidad escolar o el nombramiento de un responsable para situaciones de disforia de género.

La norma había levantado cierta polémica porque establecía que las escuelas debían garantizar que los alumnos pudiesen acceder a aseos y vestuarios donde se sintiesen seguros en función de su género.

El presidente luso defendió que el texto no «clarifica las diferentes situaciones en función de las edades» y «no respeta suficientemente» el papel de los padres, encargados de educación, representantes legales y asociaciones escolares, y pidió al Parlamento «más realismo».

Rebelo de Sousa también devolvió al Parlamento la ley que eliminaba la obligación de que los nombres propios fuesen identificados con el sexo masculino o femenino porque «no garantiza un equilibrio» en el respeto a la libertad de las personas.

Aunque reconoció que es «legítimo» que los progenitores puedan escoger un nombre neutro para su bebé, consideró que no «debe impedir la elección de un nombre no neutro» para quien lo desee.

Además, criticó que la norma permita que, si una persona decide cambiar de género, pueda registrarlo de forma unilateral en documentos de matrimonio o de nacimiento de hijos, sin que la pareja sea avisada.