Eran conocidos. Él le pidió que la acompañara a recoger unos documentos personales a una institución. Ella aceptó acompañarlo. Después de la diligencia la invitó a tomar una copa; se resistió pero la insistencia fue tanta que terminó empinando el codo. Fue una copa de vino nada más. Después perdió el conocimiento.
Al despertar estaba desnuda en la cama del apartamento de su conocido.
La víctima acudió a la fiscalía de la localidad a denunciar a Giancarlo Miguel Espinoza Ramos, de 22 años de edad, por el delito de violación.
La investigación avanzó y fue presentada en los tribunales. Pero los jueces lo declararon inocente por un detalle: la ropa interior roja de la víctima.
El juzgado que analizó el caso, integrado por un juez y dos juezas, concluyó que Espinoza Ramos debía ser absuelto con el argumento que la denunciante vestía ropa interior roja y con encaje el día de la agresión.
“La supuesta personalidad que presenta la misma (tímida) no guarda relación con la prenda íntima que utilizó el día de los hechos, pues por la máxima de la experiencia, este tipo de atuendo interior femenino suele usarse en ocasiones especiales para momentos de intimidad, por lo que conlleva a inferir que la agraviada se había preparado o estaba dispuesta a mantener relaciones sexuales con el imputado”, puede leerse en el fallo dado en la ciudad de Ica, en Perú.
La resolución ha provocado indignación en todo Perú. La fiscalía peruana pidió la nulidad y la realización de un nuevo juicio.